Actualidad

Argentina: La Secretaría de Salud aprobó la renovación del protocolo para la interrupción legal del embarazo

La Secretaría de Salud  de la Nación actualizó los procedimientos que regían desde 2015, es decir aprobó la renovación del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo  de acuerdo a las nuevas recomendaciones internacionales. El Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a […]

🕒  2 minutos de lectura

 | 

La Secretaría de Salud  de la Nación actualizó los procedimientos que regían desde 2015, es decir aprobó la renovación del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo  de acuerdo a las nuevas recomendaciones internacionales.

El Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo fue actualizado mediante la resolución 3158/2019, publicada el día de ayer en el Boletín Oficial.

La actualización se enmarca en la política pública llevada adelante por la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva, y responde a la necesidad de actualizar la normativa adaptándola al Código Civil y Comercial de 2015 y la Resolución 65/2015 del Ministerio de Salud de la Nación.

Te puede interesar: Córdoba, la Justicia habilitó el protocolo para abortos no punibles

El protocolo renovado pretende actualizar las intervenciones médicas mediante las recomendaciones internacionales sobre los procedimientos para la interrupción legal del embarazo, respecto a las dosis de medicamentos y la AMEU (aspiración manual endouterina). 

Otro de sus objetivos es reforzar la importancia de la atención en el primer nivel y los tratamiento con medicamentos. Cabe recordar que el protocolo regía desde 2015 sin modificaciones, cuando se confeccionó teniendo en cuenta las dos ediciones de la “Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles” de 2007 y 2010.

Te puede interesar: El Portal de Belén no apelará el fallo del TJS

La actualización del Protocolo está diseñada en base a la comprensión fundamental de que todo el personal del efector de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo de acuerdo a los establecido por la normativa argentina.

El protocolo contempla a mujeres, niñas, adolescentes y otros cuerpos gestantes como varones trans. Tiene alcance nacional y abarca tanto a centros de salud públicos como privados.

La actualización explica que en caso de menores de edad víctimas de violación, la justicia sólo debe intervenir para proteger a la niña o adolescente por la situación de abuso y para la sanción del victimario

“No se debe consultar a la justicia ni pedir autorización para la decisión de realizar ILE ya que la práctica es una responsabilidad del equipo de salud y se decide por pedido de la niña o adolescente”, puede leerse en el documento.

Es necesario resaltar que el artículo 86 del Código penal establece que el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer no es punible si es para salvar la vida de la madre, o si el embarazo proviene de una violación. El Protocolo de Interrupción Legal del embarazo es la herramienta para llevar a cabo ese procedimiento médico.

Por Emi Urouro

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
Ver más notas
Enterate acá
Enterate acá

Relacionado

Enterate acá

Más de lo último