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Ley de Identidad de Género: en Córdoba, más de mil personas cambiaron su DNI

El 9 de mayo de 2012 se sancionó la Ley 26.74, normativa que reconoce la identidad autopercibida de las personas del colectivo trans. En el marco de un nuevo aniversario, la Provincia difundió unas cifras para tener en cuenta. En Córdoba, 1023 personas tramitaron la rectificación registral con su identidad autopercibida, de acuerdo a los datos […]

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El 9 de mayo de 2012 se sancionó la Ley 26.74, normativa que reconoce la identidad autopercibida de las personas del colectivo trans. En el marco de un nuevo aniversario, la Provincia difundió unas cifras para tener en cuenta.

En Córdoba, 1023 personas tramitaron la rectificación registral con su identidad autopercibida, de acuerdo a los datos aportados por el Registro Civil de esta jurisdicción. El 2012 fue cuando más nuevos documentos se otorgaron, coincide con la puesta en vigencia la ley, pero el cambio continúa siendo solicitado, de manera sostenida, año tras años.

¿Qué establece esta normativa? La Ley 26.74, entiende que la identidad de género autopercibida se refiere a "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo"

Y en relación al punto anterior, destaca: "Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales".

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En su artículo 1°, indica que toda persona tiene derecho:

a) Al reconocimiento de su identidad de género.

b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género.

c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.

“Podía ir al dentista sin temor a que me digan mi nombre fuerte para que todos me miraran o en el colegio cuando me tomaban lista me llamen solo por el apellido como lo hacían con mis compañeros y no que me dijeran el nombre completo para dejarme en ridículo”

Testimonio de Lautaro,  Tenía 13 en el momento de la sanción de la Ley, a los 18 años cambió su documento

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Nuestra Ley de Identidad de Género es de vanguardia a nivel mundial, ya que no requiere diagnósticos médicos o psiquiátricos, ni operaciones de cambio de sexo para acreditar la identidad. Es decir, tiene una perspectiva de Derechos Humanos y despatologizadora.

En esa línea, la normativa tampoco requiere un trámite judicial o administrativo, para rectificar el registro del sexo solo hay que presentarse ante una oficina del Registro Nacional de las Personas (Renaper).

“Nuestro trabajo tiene como ejes cumplir y hacer cumplir la ley de identidad de género y todas las normativas por las cuales Argentina es un país de avanzada en la protección del derecho a la identidad de género de las personas y a ser identificada y a vivir una vida plena y libre de violencias”

Secretario de Derechos Humanos, Calixto Angulo.

Para Lautaro la sanción de esta normativa fue “un abrazo al alma, volver a nacer”. Como él, miles de personas a lo largo y ancho del país han podido cambiar su DNI, han logrado que el Estado reconozca su identidad autopercibida, con esta ley pionera en derechos para las personas trans y travestis.

Con información de Prensa Gobierno de Córdoba; Ley de Identidad de Género

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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