Ambiente

Misiones prohíbe el glifosato: ¿Qué alcance tienen las normativas municipales y provinciales?

La Cámara de Representantes de la provincia del norte aprobó una ley que prohíbe el uso del glifosato y otros agroquímicos en un plazo de dos años. Pero existe una controversia sobre las atribuciones que tienen los gobiernos locales para determinar normativas de prohibición de uso de agroquímicos, sobre la cual hablamos con el especialista Darío Ávila. […]

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La Cámara de Representantes de la provincia del norte aprobó una ley que prohíbe el uso del glifosato y otros agroquímicos en un plazo de dos años. Pero existe una controversia sobre las atribuciones que tienen los gobiernos locales para determinar normativas de prohibición de uso de agroquímicos, sobre la cual hablamos con el especialista Darío Ávila.

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Misiones prohíbe el glifosato: ¿Qué alcance tienen las normativas municipales y provinciales?

En Misiones, la Cámara de Representantes prohibió el glifosato. Se trata de una normativa que establece un periodo de dos años para erradicar este producto químico.

La nueva norma, que entrará en vigencia en 2025, plantea la conformación del marco regulatorio para la investigación, desarrollo, producción, procesamiento, registro, comercialización y utilización de productos biológicos naturales. 

Entre los objetivos de la ley se destacan:

  • Generar líneas de trabajo colaborativas a los efectos de promover el desarrollo de insumos biológicos
  • Optimizar los procesos de elaboración de los productos utilizando métodos de purificación totalmente orgánicos.
  • Promover planes de acción para el adecuado manejo del riego agropecuario y la eficiencia del uso del agua.
  • Diseñar y ejecutar acciones tendientes al crecimiento y desarrollo sustentable de los cultivos en la provincia.
  • Incentivar al desarrollo de nuevos procesos tecnológicos para la producción de bioinsumos a los fines de impulsar su utilización como herramienta primordial en el territorio.
  • Enfatizar el empleo de técnicas relacionadas con el reciclaje de materiales orgánicos para mejorar la fertilidad del suelo, el control biológico de plagas y enfermedades, utilizando semillas provenientes de sistemas de producción orgánica
  • Difundir los beneficios y la importancia de la utilización de bioinsumos

Al respecto de los alcances de la ley, conversamos con el abogado especialista en temas ambientales, Darío Ávila, quien trabaja por ejemplo, sobre las denuncias de fumigaciones en Dique Chico. Señaló que existe un debate en relación a las potestades que pueden llegar a tener los municipios o las provincias respecto del dictado de estas medidas legislativas.

"Por un lado, tenés la resolución 350 del SENASA que establece que precisamente la institución es el organismo encargado de autorizar el uso, la comercialización y la distribución de los agroquímicos en Argentina. Por tanto, es la autoridad competente para autorizar el uso y, por interpretación, con potestad para prohibir el uso de los agroquímicos".

A modo de ejemplo, indicó que el SENASA ha sacado resoluciones a nivel nacional para prohibir la comercialización y distribución de principios activos y productos fitosanitarios que contengan clorpirifos etil y metil.

En este punto, es que comienza el debate de la potestad de los gobiernos provinciales y municipales para prohibir el uso este tipo de productos.

Luego están las "leyes de presupuestos mínimos" que son nacionales y tienen vigencia en todo el territorio pero son normas base.

"A partir de ahí las provincias tienen potestad de dictar normas complementarias. Ahí empieza otro debate, sobre qué significa complementar. Y complementar es establecer mayores restricciones. ¿Qué es lo que pasa acá a nivel nacional? No hay una ley de presupuestos mínimos que regule el uso de agroquímicos. Entonces, al no haber ley, las provincias están sacando normas provinciales que regulan el uso de agroquímicos".

Tal es el caso de Misiones con la normativa actual sobre el glifosato, como así también de Chubut. Pero la cuestión es si los gobiernos locales tienen la potestad para prohibir el uso, o sólo regularlo.

Por ejemplo, Córdoba no regula la prohibición porque sigue reconociendo en el SENASA la potestad para prohibir, pero sí regula el uso, por ejemplo con la normativa Ley 9.164 de Productos Químicos o Biológicos de uso agropecuario. En esta norma, por ejemplo se limita "la aplicación aérea dentro de un radio de mil quinientos (1.500 m.) metros del límite de las plantas urbanas, de productos químicos o biológicos de uso agropecuario".

La situación entonces es que, ante la falta de una ley de presupuestos mínimos que no regula el uso del glifosato, es que los gobiernos provinciales o municipales se toman las atribuciones de generar normas complementarias, restrictivas y/o prohibitorias.

El debate gira en torno a las potestades de los municipios y provincias para prohibir el uso de agroquímicos. Por ejemplo, en Dique Chico donde se denuncia el uso de agroquímicos contra la Resolución 242/2017 de la Comuna que establece una zona de resguardo ambiental en el pueblo y en la escuela, para proteger la vida y la salud de las personas, en la justicia se discute sobre esas atribuciones.

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Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
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