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En Córdoba, la Justicia reconoció violencia obstétrica contra una joven

Los derechos de las mujeres y personas gestantes en situaciones de parto, muchas veces se ven vulnerados por un sistema de salud que carece de perspectiva de género. Por Emi Urouro La Justicia de Córdoba determinó que una joven fue víctima de violencia obstétrica, física y psicológica, cuando atravesó el parto de su hija, sin […]

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Los derechos de las mujeres y personas gestantes en situaciones de parto, muchas veces se ven vulnerados por un sistema de salud que carece de perspectiva de género.

Ilustración: Julia Kuo

Por Emi Urouro

La Justicia de Córdoba determinó que una joven fue víctima de violencia obstétrica, física y psicológica, cuando atravesó el parto de su hija, sin vida, en la Clínica del Sol, en la Capital provincial.

El fallo fue dictado por la magistrada Mariana Wallace, al frente del juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4.° Nominación de la ciudad de Córdoba.

¿Cómo entiende a la "violencia obstétrica" esta sentencia? como el proceso de preparto, parto y posparto en dónde a la mujer gestante no se le respeta el derecho: “a la información, al trato digno, respetuoso e individual"

Y continúa: "propugnándose su libertad de elección respecto de la persona que la acompañará durante los controles prenatales, el trabajo de parto y el posparto, anteponiéndose el parto natural a las prácticas invasivas y de suministro de medicación, sin perjuicio de la necesidad y obligatoriedad de la utilización de esta práctica cuando lo ameriten el estado de salud de la parturienta y/o la persona por nacer con la previa voluntad de la madre expresamente manifestada por escrito en caso que se requiera someterla a un examen o intervención cuyo propósito sea la investigación, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética”

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Para profundizar en la sentencia, nos comunicamos con la jueza Wallace, quién resaltó que esta es la primera demanda por Violencia Obstetricia que presenta una resolución fundada, en Córdoba.

La magistrada, mencionó una serie de derechos que se vieron vulnerados en este caso puntual: la joven no fue debidamente informada sobre su situación de salud, ni respecto a quién fue el profesional que la asistió, ni sobre las alternativas de intervenciones médicas, que pudieren tener lugar en el delicado proceso que le atravesaba, tampoco pudo opinar sobre los tratamientos proporcionados.

Además, se argumenta que la mujer se encontró con un desenlace no asumido emocional ni racionalmente, por no haber sido acompañada en su singularidad, como lo indica la normativa argentina.

La entrevistada comentó que el acompañamiento de la institución de salud tiene que responder las necesidades especificas de cada mujer o persona gestante, por ejemplo, el carácter particular de cada paciente.

"Hay algunas que prefieren estar solas, otras acompañadas, hay quienes preguntan mucho, hay quienes no. Independientemente de la singularidad de la persona, tienen que ser tratadas de un modo respetuoso y con un trato emocional que reconozca estas diferencias"

jueza Mariana Wallace.

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La funcionaria de la Justicia, indicó que no solo durante el proceso del parto no se respetaron derechos, sino que criticó y condenó el accionar de la clínica con posterioridad al evento, en torno a la entrega de los restos del alumbramiento sin vida y la documentación correspondiente, obstaculizaron que la madre pudiera enterrar a su hija según sus creencias religiosas.

Simone Dalmasso

Ante este hecho, la clínica del Sol fue condenada a:

  • Presentar un protocolo de capacitación en la temática (parto humanizado, violencia de género obstetricia) destinado a profesionales de la salud y personal administrativo.
  • Garantizar a las mujeres y personas gestantes contar con la información necesaria respecto de los derechos que tienen antes, durante y con posterioridad al parto, con o sin vida, incluso tratándose de abortos.
  • La información del punto anterior, deberá estar presente en lugares visibles en los espacios de acceso común, salas de espera, recepción y páginas web.
  • El centro de salud deberá costear el tratamiento psicológico para la mujer damnificada, para sobrellevar la experiencia de violencia de género obstetricia.

"El fallo es importante porque dice que si una clínica a una mujer en situación de parto, con vida o sin vida, o incluso en caso de aborto, no le se permite estar acompaña por una persona de su extrema confianza, comete violencia de género de modalidad obstétrica; si no le informa su situación de salud, comente este tipo de violencia; si no le permite elegir el tratamiento médico, informándole las consecuencias, comete violencia obstétrica".

jueza Mariana Wallace.

La jueza mencionó algo que gran parte de la sociedad piensa, que históricamente el poder médico, en situaciones de parto no reconoce límites, y se dan estas situaciones donde se vulneran derechos.

Por eso, resaltó que hay que apostar fuertemente al valor pedagógico de las intervenciones judiciales. El fallo es importante porque le dice a los centros de salud que si avasallan los derechos de mujeres y personas gestantes en proceso de parto, pueden ser sancionados por la Justicia.

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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