Córdoba

El Gobierno nacional indemnizará a las víctimas de la voladura de la Fábrica Militar en Río Tercero

A través de un decreto, se actualizarán y efectuarán los pagos a los riotercerenses damnificados por las explosiones. El Gobierno nacional estableció nuevos montos para los damnificados por la explosión de la fábrica militar de la localidad de Río Tercero, en Córdoba. La medida se oficializó a través del Decreto 596/2023, publicado este jueves 16 de noviembre. […]

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A través de un decreto, se actualizarán y efectuarán los pagos a los riotercerenses damnificados por las explosiones.

El Gobierno nacional estableció nuevos montos para los damnificados por la explosión de la fábrica militar de la localidad de Río Tercero, en Córdoba. La medida se oficializó a través del Decreto 596/2023, publicado este jueves 16 de noviembre.

La indemnización a las víctimas parte de una ley que se sancionó hace ocho años pero que nunca fue reglamentada. Dicha legislación se aprobó en diciembre de 2015 y establecía el pago de resarcimientos económicos a "riotercerenses que hubieran iniciado acciones legales contra el Estado nacional y que no tuvieran sentencia".

Según dijo el ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa, esta ley es "la respuesta a un reclamo histórico de Río Tercero y termina con 28 años de vergüenza”.

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En el texto publicado hoy en el Boletín Oficial, se indica que para "paliar el dolor, el sufrimiento y la tristeza de tantos años, resulta necesario implementar sin demoras una solución simple, integral y definitiva, ofreciendo un reconocimiento económico de tipo monetario para todos aquellos que se hayan adherido a los términos de la Ley N° 27.179”.

Con el nuevo decreto se ejecutará finalmente esos pagos con montos actualizados: por fallecimiento, 1.000 módulos; por lesiones gravísimas, 700 módulos; por lesiones graves, 600 módulos; por daño moral, 100 módulos; por daño material, 95 módulos.

Además, se establece que “en aquellos supuestos en que hubieran cobrado menos que la reparación que se prevé en el presente decreto, se les abonará la diferencia que corresponda”.

También se aclara que es requisito necesario para cobrar la indemnización "la renuncia absoluta de estos a los procesos administrativos o judiciales en trámite", lo cual libera al Estado Nacional de toda responsabilidad.

Cristian Dominguez

Redactor y co-productor de contenidos para el sitio web y las demás plataformas de El Resaltador.
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