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Mendoza: el acoso callejero será sancionado

Para trabajar esta problemática, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza aprobó por unanimidad una ordenanza. La iniciativa contra el acoso callejero había sido presentada el 8 de marzo por el Día Internacional de la Mujer, y sancionará estas conductas con multas que arrancan en los $50.000 y llegan a los $200.000. Las denuncias recaerán […]

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Para trabajar esta problemática, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza aprobó por unanimidad una ordenanza.

La iniciativa contra el acoso callejero había sido presentada el 8 de marzo por el Día Internacional de la Mujer, y sancionará estas conductas con multas que arrancan en los $50.000 y llegan a los $200.000.

Las denuncias recaerán en el Área de Género y Diversidad del Municipio, a través de estas se hará un relevamiento con mapas interactivos que informarán sobre el lugar y el horario donde ocurren la mayor cantidad de hechos de acoso para poder aplicar medidas de prevención.

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Los actos que serán sancionados

  • “Actos de carácter verbal o ejecutados por medio de gestos obscenos o de connotación sexual por una persona o grupo de personas contra otra u otras, relacionadas al género, ocurridas en espacios públicos o de acceso público, tales como silbidos, bocinazos, evaluación de la apariencia física, sin perjuicio de otros actos de connotación sexual que puedan revestir conductas de acoso sexual callejero, susceptible de afectar la dignidad humana, la honra, la integridad psicológica u otros derechos fundamentales de las personas”.
  • “Conductas consistentes en acercamientos, arrinconamiento o persecuciones, a pie o en cualquier clase de vehículo o actos de exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito”.
  • “Conductas efectuadas en lugares públicos o de libre acceso público y que por cualquier medio capten, graben, filmen o fotografíen imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento”.
  • “Difusión de imágenes, videos o registro audiovisual de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento”.

Otro punto que destacan de la ordenanza es que diferentes locales e instituciones serán un lugar de resguardo para las personas que atraviesen una situación de acoso callejero.

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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