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San Luis: fallo declaró "inconstitucional" la ley del aborto y generó repudio

Las medidas legales contra la ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) no sorprenden, y el movimiento feminista se organiza para responder. En San Luis, la jueza María Eugenia Bona dictaminó que la ley de aborto legal es inconstitucional, lo que generó malestar y repudio entre diferentes organizaciones que impulsaron este nuevo derecho. La sentencia […]

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Las medidas legales contra la ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) no sorprenden, y el movimiento feminista se organiza para responder.

San Luis: fallo declaró "inconstitucional" la ley del aborto y generó repudio
San Luis: fallo declaró "inconstitucional" la ley del aborto y generó repudio

En San Luis, la jueza María Eugenia Bona dictaminó que la ley de aborto legal es inconstitucional, lo que generó malestar y repudio entre diferentes organizaciones que impulsaron este nuevo derecho.

La sentencia del juzgado laboral N°2 responde a la acción declarativa de certeza presentada por la exsenadora nacional Liliana Negre de Alonso, reconocida por su postura antiaborto, contra el Gobierno de San Luis.

¿Qué solicitó? que “cese el estado de incertidumbre en el ámbito provincial” que ocasiona la “contradicción” entre dos artículos de la ley del aborto legal, y el artículo 19 de Código Civil y Comercial, y se prohíba en San Luisla práctica quirúrgica, clínica o medicamentosa del aborto, salvo en las causales contempladas en los incisos a (embarazo resultado de una violación) y b (peligro la vida o la salud integral de la persona gestante) del artículo 4 de la Ley 27.610”.

Ante semejante atropello, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito Regional San Luis, Villa Mercedes, Merlo y Traslasierras, emitió un comunicado e informó que presentarán sus fundamentaciones legales contra esta medida.

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La organización resaltó que la sentencia "no vale por sí misma" y que su presentación carece de legitimación activa, entre otras cosas, porque la Negre de Alonso se arroga la representación del sector de la sociedad estrictamente afectado.

Además, advierten que el planteo que hace forma parte de un debate superado ampliamente en el tratamiento de la Ley 27.610, normativa sancionada en diciembre.

Por otro lado, la Campaña denuncia que la presentación judicial ha sido orientada hacia un juzgado Laboral de Primera Instancia sabiendo que es afín, "por lo que esta sentencia no tiene carácter definitivo, no obliga ni impide nada".

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El comunicado resalta que la magistrada "se arroga la capacidad de definir en primera instancia la disarmonía entre artículos de la Constitución Nacional, la Constitución provincial, el nuevo Código Civil y Comercial, las leyes 26.061 y la 27.610, reconociendo que eso es materia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)".

Ayer, la Fiscalía de Estado respondió que la CSJN es el órgano competente para analizar la “disarmonía” en el ordenamiento legal que alegó la exsenadora puntana.

Por último, la organización señala que están en articulación, organizadas/es y con la certeza que en San Luis como en el resto del país no darán ni un paso atrás: "¡Los pañuelos no se bajan!".

Con información de Télam

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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