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La Ley de Teletrabajo reconoce las tareas de cuidado

Ayer, la Cámara de Senadores y Senadoras de la Nación aprobó la normativa que regula la modalidad de teletrabajo, que tuvo un incrementó exponencial por el contexto de pandemia. Desde el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) celebraron que la ley obtuviera el voto positivo, ya que reconoce las tareas de […]

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Ayer, la Cámara de Senadores y Senadoras de la Nación aprobó la normativa que regula la modalidad de teletrabajo, que tuvo un incrementó exponencial por el contexto de pandemia.

Sesión virtual del Senado.

Desde el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) celebraron que la ley obtuviera el voto positivo, ya que reconoce las tareas de cuidados y promueve la corresponsabilidad de estas actividades.

La propuesta obtuvo 40 votos a favor del bloque oficialista Frente de Todos y el Frente Renovador de Misiones, y 30 en contra de Juntos por el Cambio, el Interbloque Parlamentario Federal y del Frente Juntos Somos Río Negro.

A nivel general, recordamos que la ley establece que las personas que trabajen bajo esta modalidad virtual gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las que trabajen en forma presencial. Además, su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían en modalidad presencial.

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Respecto a las tareas de cuidado, la normativa indica que las personas que realicen teletrabajo “y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de trece años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada”. 

Siguiendo al párrafo anterior, el escrito establece que “cualquier acto, conducta, decisión, represalia u obstaculización proveniente del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatoria resultando aplicables las previsiones la ley 23.592. Mediante la negociación colectiva podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho".   

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Para el MMGyD este reconocimiento de las tareas de cuidado es una conquista del movimiento feminista. Cecilia Merchán, secretaria de Igualdad y Diversidad, destacó que se trata de una ley que amplía derechos y protege a los trabajadores y trabajadoras.

“Es, además, una de las primeras normativas de alcance nacional que refiere a las tareas de cuidados y a la incidencia de tales responsabilidades en la vida de las personas”, señaló Merchán.

Lucía Cirmi, directora nacional de Políticas de Cuidado, dijo que es un avance que se mencionen explícitamente a las tareas de cuidado en una ley laboral, y que no se las asocie sólo a las trabajadoras mujeres, como todavía ocurre en otras normativas.

"Esperamos que no sólo las mujeres sino también los varones y otras identidades hagan uso de los derechos de adecuación para realizar las tareas de cuidados. Promover la corresponsabilidad en los cuidados al mismo tiempo que ampliamos derechos es responsabilidad de todos, todas y todes",

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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