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Cómo acceder al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico

El Gobierno oficializó el lanzamiento del espacio de asistencia para el sector. Las restricciones de algunas provincias limitaron los horarios de apertura de los locales. El Gobierno estableció una suma de hasta $18.000 para trabajadores independientes del Sector Gastronómico. La oficialización se concretó este martes a través de la Resolución 201/2021, que fue publicada en […]

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El Gobierno oficializó el lanzamiento del espacio de asistencia para el sector. Las restricciones de algunas provincias limitaron los horarios de apertura de los locales.

Los requisitos para acceder al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico. Foto: El Argentino.

El Gobierno estableció una suma de hasta $18.000 para trabajadores independientes del Sector Gastronómico. La oficialización se concretó este martes a través de la Resolución 201/2021, que fue publicada en el Boletín Oficial.

El objetivo es amortiguar las pérdidas económicas que pueda sufrir el sector de acuerdo a las disposiciones provinciales. El Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico lleva la firma del ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Claudio Moroni.

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Cómo acceder

Para acceder al Programa, las y los trabajadores independientes encuadrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo) o en el Régimen de Trabajo Autónomo deben cumplir con ciertos requisitos.

Primero, deben "haber declarado como actividad principal, al 12 de marzo de 2020, ante la AFIP" el servicio de: restaurantes y cantinas con y sin espectáculo, fast food y locales de venta de comidas y bebidas al paso, expendio de bebidas en bares y expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostradores.

También se deben haber efectuado "al menos tres pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos tres meses". Al mismo tiempo, se debe "presentar una variación de la facturación inferior al 20% en términos reales para el período comprendido entre el 1° al 20 de abril de 2021 y el mismo período de 2019".

"En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de abril de 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio", explica el escrito.

Otro requisito importante, es la presentación del "certificado de veracidad de la información" ( requerida en el reciente explicado artículo 3º). También se debe contar con una "declaración jurada" en la que se manifieste "ser sujeto pasivo de la obligación del aporte extraordinario".

La inscripción al programa deberá realizarse en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El beneficio será válido por un mes y podrá ser extendido en caso de que el Gobierno extienda las medidas establecidas el pasado jueves.

Juan Martín Maldonado

Soy el community manager de la Coope. Me recibí de Lic. en Comunicación Social pero mi escuela fue ER. La montaña es mi hogar, el trail running mi mayor compañero.
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