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Adultocentrismo y comunicación judicial: El derecho a comprender

El adultocentrismo es un paradigma, una estructura de dominación y un discurso que justifica prácticas de exclusión en base a la diferencia generacional. Y es posible que el acceso a la justicia de las niñeces y adolescencias se encuentre obstaculizado por esto. Por Eliana Wenk En el ámbito judicial, día a día se llevan a […]

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El adultocentrismo es un paradigma, una estructura de dominación y un discurso que justifica prácticas de exclusión en base a la diferencia generacional. Y es posible que el acceso a la justicia de las niñeces y adolescencias se encuentre obstaculizado por esto.

Por Eliana Wenk

En el ámbito judicial, día a día se llevan a cabo prácticas y se toman decisiones que involucran a las niñeces y adolescencias. Estas prácticas judiciales son diseñadas y efectivizadas por personas adultas, que van interviniendo a lo largo de un trámite o proceso judicial.

Intervienen abogadas/os, trabajadoras/es sociales y psicólogas/os, entre otras/os actoras/es. Para fundamentar su opinión y decisión profesional, cada cual despliega sus argumentos científicos. 

Pero ¿Nos hemos preguntado cuál es el rol de las personas niñas y adolescentes en los procesos judiciales? ¿Sabemos si entienden el mundo adulto? ¿Conocen en qué consiste nuestro trabajo? ¿Comprenden lo que les decimos?

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El ámbito del derecho y la institución judicial pertenecen al mundo adulto. Entonces, es posible que el acceso a la justicia de las niñeces y adolescencias se encuentre obstaculizado por concepciones adultocéntricas, que no les permiten ejercer con plenitud sus derechos y libertades.

¿Qué es el adultocentrismo?

“Cuando seas grande vas a decidir, ahora mando yo”; “Sos muy chica/o para entenderlo”; “Yo tengo más experiencia”; “Vos no sabés lo que querés” son algunos mensajes que se suelen escuchar cuando las personas adultas toman decisiones que involucran a niñas, niños y adolescentes. Como si ellas y ellos tuvieran que esperar a cumplir 18 años para vivir como personas humanas, titulares de derechos. 

El adultocentrismo es un paradigma, una estructura de dominación y un discurso que justifica prácticas de exclusión en base a la diferencia generacional. Considera que las niñas, niños y adolescentes son personas incompletas, en preparación para la adultez; mientras que las personas adultas son quienes tienen valor, visibilidad y capacidad de control.

Se puede identificar en las prácticas judiciales. Se manifiesta en la forma de nombrar a la persona, por ejemplo si se le dice “menor” o “incapaz”; en la forma de comunicarse que usa el personal judicial, por ejemplo si usa un lenguaje técnico y difícil. 

Está presente cuando se toman decisiones sin escuchar a la niña, niño o adolescente y sin tener debidamente en cuenta su opinión; o cuando se le niega la posibilidad de tener asistencia letrada especializada. 

Es adultocéntrica toda práctica judicial que restringe o niega derechos y garantías a las niñeces por el sólo hecho de tener menos años de vida que una persona adulta. 

El derecho a comprender como base de la participación judicial efectiva

En una audiencia, la empleada judicial le dijo a un niño: “Tu abogada está acá para defenderte y ayudarte a que el juez te escuche y decida según lo que vos le pidas. Entonces, con la ayuda de tu abogada, le podés decir al juez con quién querés vivir. El juez después decide ¿Entendiste qué hace la abogada y qué hace el juez?”

El niño respondió: “Entendí que la abogada me defiende pero no entiendo lo que hace el juez”.

Esta anécdota demuestra que a veces, las niñas, niños y adolescentes no logran comprender de qué se trata un acto judicial o qué función cumple cada actor/a del proceso. En ese caso, el personal se esforzó por explicárselo de la forma más sencilla posible, y aún así, el niño no lo comprendió (La forma más sencilla a criterio de la persona adulta, no?).

Tengamos en cuenta que la generalidad de los escritos y decisiones judiciales no tienen ese lenguaje. Es común que las “actas de audiencia” (el documento que plasma por escrito lo que sucedió en ese encuentro entre el juez, la abogada y el niño) suelen tener las siguientes expresiones: “El letrado patrocinante comparece en este acto para representar los intereses de la parte y plantear su pretensión en el proceso”, “se procede a dar inicio al presente acto”, “concedida la palabra a la compareciente”, y “lo que oído por S.S., dijo: ha lugar a la pretensión incoada”.

El derecho a comprender le pertenece a toda persona usuaria del servicio de justicia. Con respecto a la niñez y adolescencia, este derecho tiene mucha relevancia, porque es el primer paso para garantizar su participación judicial efectiva. 

Las 100 Reglas de Brasilia indican que toda persona en condición de vulnerabilidad que interviene en un proceso judicial, debe ser informada sobre los aspectos relevantes, en forma adaptada a las circunstancias, desde el inicio del proceso y durante toda su tramitación, incluso desde el primer contacto con las autoridades policiales. El personal debe asegurarse que la información llegue a la persona destinataria. 

También se establecen reglas para la comprensión de actuaciones judiciales, que tratan los siguientes puntos:

  • Derecho a entender y ser entendida. 
  • Usar términos y estructuras gramaticales simples y comprensibles.
  • Evitar expresiones o elementos intimidatorios.
  • Procurar que el instrumento de notificación sea acompañado de un documento en formato accesible.
  • Emplear términos y construcciones sintácticas sencillas. 
  • Respetar el uso de lenguaje inclusivo.
  • Fomentar los mecanismos necesarios para que comprendan las actuaciones judiciales orales en las que participe.

Lenguaje claro, sencillo y formatos de fácil comprensión

Comunicación en formato de lectura fácil de la resolución de Prisión Preventiva del imputado, dirigido a las niñas, niños y adolescentes víctimas o sobrevivientes de delitos contra la integridad sexual. Gentileza de la Fiscalía de Instrucción de Primera Nominación de Bell Ville

El primer punto a tener en cuenta para garantizar el derecho a comprender, es la claridad en el lenguaje. Debe estar presente en toda intervención judicial, independientemente de quiénes sean las personas usuarias del servicio de justicia. Esto no significa quitarle formalidad. Es algo tan simple como hacer entendible lo que se está expresando. Para ello se recomienda, por ejemplo, ordenar y jerarquizar la información, evitar gerundios: “habiendo”, “advirtiendo”; evitar expresiones arcaicas, frases rituales sin un verdadero contenido y palabras en latín.

Si la persona usuaria no es profesional del derecho, puede recurrirse al lenguaje sencillo. Se recomienda expresar una idea por oración, hacer oraciones cortas con estructura básica, dirigirse directamente a la persona, escribir párrafos cortos, un tema por párrafo; y evitar el uso de términos técnicos. 

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También están los formatos de fácil comprensión, que pueden incluir ilustraciones y formas de comunicación no verbal, como gesticulación y lenguaje corporal.

El Protocolo de Actuación del Programa Ajuv establece como regla práctica de actuación “Redactar en un recuadro visible y en lectura fácil el contenido de las resoluciones que afectan los intereses de niñas, niños y adolescentes”.

Todo muy lindo. Ahora ¿Es posible concretar esto?

Existen experiencias judiciales que demuestran que es posible acercarnos a lo que se considera un lenguaje adecuado para el acceso a la justicia de las niñas, niños y adolescentes. Algunos ejemplos:

“Una jueza se reunió con dos niñas para explicarles con palabras simples la sentencia de adopción”

“En términos sencillos, explican a dos niños víctimas de abuso sexual el resultado del juicio”

“A través de un cuento, le comunicaron a una nena que había sido adoptada en Huinca Renancó”

Para empezar, es necesario que las personas adultas reconozcamos la influencia del adultocentrismo en nuestra forma de pensar y de actuar. Tenemos que descubrir por qué todavía hay dificultades en el acceso a la justicia de las niñeces y adolescencias, cuál es nuestra parte en todo esto y cómo hemos aprendido a no escucharlas y a no dejarlas participar en las decisiones que impactan en sus vidas. También nos toca capacitarnos, conocer de qué se trata la cuestión.

Mientras tanto intentarlo: animarnos a transformar las prácticas judiciales para hacerlas más accesibles.

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