Actualidad

Salud mental: la "Ley Ómnibus" de Milei facilita internaciones involuntarias

El paquete de reformas que envió Milei al Congreso habilita a los jueces a facilitar la internación involuntaria de personas que estén atravesando una situación ligada a su salud mental. Además, promueve la creación de nuevos "manicomios". Javier Milei envió al Congreso de la Nación la "Ley Ómnibus", con 664 artículos distribuidos en 351 páginas. […]

🕒  4 minutos de lectura

 | 

El paquete de reformas que envió Milei al Congreso habilita a los jueces a facilitar la internación involuntaria de personas que estén atravesando una situación ligada a su salud mental. Además, promueve la creación de nuevos "manicomios".

Foto: El Resaltador

Javier Milei envió al Congreso de la Nación la "Ley Ómnibus", con 664 artículos distribuidos en 351 páginas. Entre otros puntos, busca introducir la modificación de la Ley 26.657 de "Derecho a la Protección de la Salud Mental".

Los cambios habilitan a jueces a facilitar la internación de personas con afecciones de salud mental, elimina la prohibición de crear nuevos "manicomios" y también reduce la participación de organismos especializados y asociaciones civiles en el órgano de revisión.

El artículo 5 de la Ley 26.657 señala que "la existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que solo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado".

La redacción propuesta por el Gobierno pasaría a señalar que dicho diagnóstico "por sí solo no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad" y propone que ante "situaciones particulares del caso frente a elementos concordantes y de convicción que así lo indiquen, el juez podrá adoptar medidas de atención urgentes y deberá posteriormente realizar la correspondiente evaluación interdisciplinaria".

El texto modificatorio introduce cambios en el artículo 11, en el que incluye áreas de "rehabilitación" en salud mental comunitaria y añade a la lista de dispositivos a promover las "comunidades e instituciones terapéuticas".

El artículo 20 de la Ley de Salud Mental -que todavía está vigente- determina que la internación involuntaria de una persona "debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios". Detalla que "solo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mental mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros".

La reforma busca modificar este artículo y habilita la posibilidad de internaciones involuntarias "cuando no logre adherencia a los abordajes ambulatorios y presente una falta de conciencia de enfermedad que afecte su capacidad de discernimiento y que implique una grave vulneración a su salud integral".

Para niños, niñas y adolescentes, establece que las internaciones involuntarias podrán darse "cuando, a pedido de ambos padres o de quien/es ejerzan la responsabilidad parental, tutor o a requerimiento del Juez previa solicitud del órgano administrativo competente, se trate de un menor de edad que padece adicción a sustancias psicoactivas que comprometa gravemente su salud integral o desarrollo psicofísico".

En la ley vigente, está explicitado que "el equipo de salud está obligado a externar a la persona o transformar la internación en voluntaria, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 16 apenas cesa la situación de riesgo cierto e inminente". Por su parte, la nueva redacción establece esa obligación "apenas cesan las circunstancias que le dieron motivo en los términos del artículo 20".

Milei promueve la creación de "manicomios"

En el artículo 27 de la ley vigente se prohíbe "la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados". Esta medida busca ser derogada por el nuevo proyecto que la reemplaza por un texto que señala que estos centros de salud "deberán funcionar conforme a los objetivos y principios expuestos, y de acuerdo a las reglamentaciones que establezca la autoridad de aplicación".

En este sentido, aunque la normativa actual determine que "las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales", el nuevo proyecto del Poder Ejecutivo señala que "deben realizarse en instituciones adecuadas".

Modificaciones en el Órgano de Revisión

Otro cambio relevante en la Ley de Salud Mental es que en la norma actual "el Órgano de Revisión debe ser multidisciplinario, y estará integrado por representantes del Ministerio de Salud de la Nación, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, de asociaciones de usuarios y familiares del sistema de salud, de los profesionales y otros trabajadores de la salud y de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos", mientras que en el nuevo proyecto "debe estar conformado por equipos multidisciplinarios y cada equipo estará integrado por un médico psiquiatra, un psicólogo, un técnico especialista en adicciones, un técnico especialista en cuestiones de niñez y adolescencia y un abogado especialista en la materia".

Enterate acá
Enterate acá

Relacionado

Enterate acá

Más de lo último