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¿Qué artículos del DNU de Milei siguen vigentes y cuáles fueron frenados por la Justicia?

Existen varios pedidos de inconstitucionalidad sobre ciertos artículos o apartados del decreto anunciado por el gobierno nacional que entró en vigencia el 29 de diciembre del año pasado. A partir de allí, se presentaron distintas acciones judiciales que suspendieron partes de la normativa, como la reforma laboral, la inclusión de las SAD en el deporte […]

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Existen varios pedidos de inconstitucionalidad sobre ciertos artículos o apartados del decreto anunciado por el gobierno nacional que entró en vigencia el 29 de diciembre del año pasado. A partir de allí, se presentaron distintas acciones judiciales que suspendieron partes de la normativa, como la reforma laboral, la inclusión de las SAD en el deporte argentino y las modificaciones en el Instituto Nacional del Mate, mientras que la suspensión de la Ley de Tierras fue revocada.

¿Qué artículos del DNU de Milei siguen vigentes y cuáles fueron frenados por la Justicia?

Apenas asumió, el presidente Javier Milei emitió un DNU que modificó o derogó aproximadamente 300 leyes, muchas de las cuales siguen vigentes. Pero algunos de los cambios fueron objeto de fallos judiciales por lo cual fueron suspendidos.

La cuestión es clarificar las leyes que obtuvieron algún revés judicial, que son un número pequeño. Mientras que la derogación de muchas leyes como la Ley de Alquileres, la Ley de Góndolas, la Ley de Abastecimiento, la Política de Cielos Abiertos, por ejemplo, continúan vigentes.

Pero repasemos qué artículos o apartados fueron suspendidos. Particularmente el más renombrado es el capítulo laboral que contenía una reforma sobre el sistema de trabajo fue declarado anticonstitucional por varios fallos.

A tan solo cinco días de haber sido publicado en el Boletín Oficial, el DNU recibió la primer cautelar en contra del apartado de la reforma laboral a partir de las presentaciones realizadas por la Central General de los Trabajadores.

El argumento central de la medida dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones fue que no están acreditadas ni la necesidad ni la urgencia que justifiquen eludir al Congreso, que es quien legisla, y dictar un DNU con tan importantes y numerosas medidas en materia laboral.

En este sentido, se dispuso la inaplicabilidad del capítulo IV del DNU de Milei. Posteriormente se sumaron distintas acciones judiciales que confluyeron en la suspensión permanente del apartado laboral.

Por ejemplo el 31 de enero, la Cámara Nacional del Trabajo declaro inconstitucional el capítulo laboral y argumentó que no hay justificación para aplicar esta reforma por decreto.

Otro artículo que recibió un revés judicial fue el que permitía la inclusión de las Sociedades Anónimas Deportivas en el país. el DNU permite que las entidades deportivas asuman la figura legal de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). En la Argentina los clubes de fútbol son asociaciones civiles sin fines de lucro. 

La Confederación Argentina de Deportes (CAD) presentó un recurso de amparo para pedir la nulidad de estas modificaciones del DNU y la Liga de Fútbol de Salto Asociación Civil presentó un pedido de inconstitucionalidad de 2 artículos del DNU ante el Juzgado Federal de Mercedes: el 335, que indica las organizaciones rectoras del deporte no podrán impedir la afiliación de clubes administrados por SAD; y el 345, que le da un plazo de un año a las federaciones y asociaciones para adecuar su estatuto a los términos del DNU.

El 30 de enero el juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto concedió la cautelar y suspendió estos 2 artículos del DNU.

¿Qué pasó con el Instituto Nacional del Mate y Ley de Tierras?

"El INYM (Instituto Nacional de la Yerba Mate) es un organismo no estatal que tiene como objetivos promover, fomentar y fortalecer el desarrollo de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de la yerba mate", indica en su página oficial el organismo.

El DNU 70/2023 dispuso modificaciones a la Ley 25.564, que creó en 2002 la institución. La desregulación de los mercados era uno de los objetivos principales del DNU de Milei y entre las modificaciones referidas al INYM se proponía que deje de fijar los precios para la hoja verde y la yerba mate canchada.

Esta decisión afectaba principalmente a los pequeños productores de la provincia de Misiones que no pueden hacer frente a las grandes industrias yerbateras. Por eso, presentaron una acción de amparo para pedir que se declare la inconstitucionalidad de todo lo referido al Instituto Nacional de la Yerba Mate en el DNU. El Juzgado Civil y Comercial N °8 concedió la cautelar contra las modificaciones propuestas.

La Ley de Tierras fue una de las 300 leyes derogadas por el decreto de Necesidad y Urgencia emitido desde el gobierno nacional, a través de su artículo 154. La normativa limitaba la posibilidad de vender terrenos con fuentes de agua importantes o que se encuentren en zonas de seguridad de fronteras.

Su derogación significa la venta indiscriminada de nuestros recursos y pérdida de soberanía. El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentó una acción de amparo ante la Justicia Federal de La Plata. El 29 de enero el juez federal de feria Ernesto Kreplak concedió la cautelar y suspendió ese artículo del DNU.

Nuevamente, el argumento reflejado por los magistrados fue que no existe "necesidad y urgencia" que justifique la derogación de la ley a través del instrumento utilizado por el Poder Ejecutivo. Pero tras la feria el juez federal Alberto Recondo rechazó el planteo del CECIM y revocó la cautelar dictada por Kreplak, por lo cual la Ley de Tierras es una de las derogaciones vigentes del DNU de Milei.

Otro artículo que obtuvo una medida judicial en contra fue la del aumento indiscriminado de las prepagas. Este caso, resulta emblemático ya que expone la situación de los fallos judiciales que se expiden sobre un caso particular, no aplicable a lo general de la norma.

Por ejemplo, el 16 de enero, una jueza dictó una cautelar y ordenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires readecuar las cuotas de su plan de salud a una clienta de 78 años que presentó un recurso judicial.

Si bien supone un revés judicial, el alcance no es contra la norma sino a favor de la presentación particular de la clienta. Pero se genera un antecedente o una jurisprudencia que serviría para que otras personas afectadas realicen presentaciones contra el DNU.

De igual manera, hay cientos de presentaciones contra el DNU de Milei que piden la inconstitucionalidad de la norma completa, pero ninguna ha obtenido una respuesta judicial favorable. Por el contrario, y como mencionamos, ciertas partes del articulado obtuvieron respuestas negativas.

Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
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