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Los médicos podrán poner marcas en las recetas de medicamentos

El Gobierno nacional dio marcha atrás con la parte del DNU que no permitía la consignación de marcas en las recetas médicas y con la venta de medicamentos en establecimientos comerciales que no sean farmacias. Solo podrán vender analgésicos y antiácidos. El Gobierno decidió dar marcha atrás en el artículo del DNU que le prohibía […]

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El Gobierno nacional dio marcha atrás con la parte del DNU que no permitía la consignación de marcas en las recetas médicas y con la venta de medicamentos en establecimientos comerciales que no sean farmacias. Solo podrán vender analgésicos y antiácidos.

El Gobierno decidió dar marcha atrás en el artículo del DNU que le prohibía a los médicos a sugerir marcas comerciales en las recetas de medicamentos.

Mediante el decreto 63/2024, se introdujeron nuevas modificaciones a la Ley de Especialidades Medicinales, que se había modificado en el mega DNU del presidente Javier Milei.

En la normativa, se establecía que toda receta debía efectuarse en forma obligatoria “expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional”.

Además, habilitaba que los medicamentos de venta libre y especialidades farmacéuticas pudieran venderse en establecimientos que no fueran farmacias.

Con el decreto se da marcha atrás con ambos cambios a partir de los reclamos de las cámaras empresarias de medicamentos y las farmacéuticas.

A través del nuevo decreto publicado hoy, cuando el profesional de salud podrá sugerir una marca no nombre comercial de medicamento, pero “tendrá la obligación, a pedido del consumidor, de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto”.

También se especifica que “en los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos".

La venta de estos medicamentos estará supeditada al cumplimiento de ciertos requisitos por parte del establecimiento comercial, como la presentación de documentación; la tenencia de una póliza de seguro que cubra riesgos de venta de productos farmacéuticos; que los medicamentos deberán encontrarse ubicados o exhibidos de modo tal que el público no pueda acceder directamente a ellos; etc.

Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
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