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Ley de alquileres: hay dictamen para incentivar la oferta

El Frente de Todos logró dictamen a favor de un proyecto de modificación de la ley con la mirada puesta en solucionar la falta de viviendas ofertadas para alquilar. En el marco de las discusiones por la modificación de la ley de alquileres, la Comisión de Legislación General dictaminó mediante un documento que la propuesta […]

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El Frente de Todos logró dictamen a favor de un proyecto de modificación de la ley con la mirada puesta en solucionar la falta de viviendas ofertadas para alquilar.

En el marco de las discusiones por la modificación de la ley de alquileres, la Comisión de Legislación General dictaminó mediante un documento que la propuesta es incrementar los incentivos fiscales a la oferta de rentas. Además, se plantearon correcciones a la normativa para su cumplimiento integral.

La duración de los contratos y el índice de actualización anual (ICL), dos de los puntos más criticados por la oposición, se mantienen.

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La ley actual, sancionada en medio del contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio en 2020, extendió la vigencia de los contratos de dos a tres años y fijó un indicador anual de ajuste de valores basado en un promedio de la inflación y los salarios.

Sin embargo, las preocupaciones por la escasez de oferta de inmuebles para alquilar, la sobreoferta para la venta y la suba indiscriminada de los precios de los alquileres, pusieron sobre la mesa la problemática habitacional.

Luego de largos encuentros y debates con miembros de asociaciones de defensa del consumidor, inmobiliarias y grupos de inquilinos, la Comisión arribó a la conclusión de que el principal problema es justamente la falta de oferta.

En este sentido, el documento acordado establece que los inmuebles destinados a alquiler no estarán alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales y modifica el régimen para beneficiar monotributistas que tienen propiedades en alquiler.

Los monotributistas que tengan propiedades, no van a tener el límite de tres unidades si ponen en alquiler sus inmuebles para destino habitacional. También se les otorgará beneficios para la construcción siempre y cuando pongan en alquiler sus propiedades con destino habitacional por 12 años.

¿Qué pasa con las garantías?

Con respecto a las garantías, el documento estipula la incorporación de dos aspectos: por un lado, la posibilidad de una constancia de inscripción tributaria que le sirva como amparo al inquilino que es monotributista. Además, este grupo tendrá la posibilidad, a través del Estado, de adquirir seguros de caución.

Sumado a ello, si bien el índice no se modificará, funciona como tope. Esto significa que las partes pueden pactar ajustes menores.

Otra cuestión fundamental es que el precio de los alquileres publicados deberá estar sí o sí en pesos. Al mismo tiempo, si en los contratos las condiciones no se rigen por la ley, el inquilino tiene derecho a darlo de baja sin indemnización. Por último, la resolución de conflictos entre las partes incorpora las disposiciones de la Ley de Defensa al Consumidor como arbitraje.

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