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La Justicia de Chaco suspendió las fumigaciones con agroquímicos en Presidencia Roca

La orden es por una medida cautelar a la que hicieron lugar los jueces, hasta tanto se verifique si las aplicaciones están siendo conforme a las medidas de seguridad con el ambiente y la población. El juez de Garantías subrogante de la ciudad de General San Martín (Chaco), Luis Eugenio Allende, hizo lugar este miércoles […]

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La orden es por una medida cautelar a la que hicieron lugar los jueces, hasta tanto se verifique si las aplicaciones están siendo conforme a las medidas de seguridad con el ambiente y la población.

Establecimiento Don Panos, en Presidencia Roca.

El juez de Garantías subrogante de la ciudad de General San Martín (Chaco), Luis Eugenio Allende, hizo lugar este miércoles a una medida cautelar innovativa y ordenó la suspensión de todo tipo de fumigación con agroquímicos en Presidencia Roca y Pampa del Indio. La acción judicial se da luego de las denuncias contra los productores de la zona por una masiva intoxicación en ambos pueblos.

Particularmente, afecta a las aplicaciones que se hacen en el Establecimiento “Don Panos” de Eduardo Eurnekian, Unitec Agro SA, Unitec Bio SA y Marpfra SA. Además, el fallo abarca en forma subsidiaria a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente del Chaco por presunta “violación al deber de cuidado y contralor”.

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En su resolución, el juez indicó que regirá "hasta tanto se verifique su realización conforme las normativas aplicables y con seguridad para el medio ambiente y la población en general”.

La cautelar fue dictada como tutela anticipada en el marco del trámite de una acción de amparo impulsada por el concejal del Frente de Todos de Presidencia Roca, Gustavo Latapié y de Facundo Silvestri, con el patrocinio del abogado Juan Alberto Sánchez. En la presentación, solicitaron que de manera urgente “cesen las fumigaciones/pulverizaciones aéreas, terrestres con biocidas que vienen realizando en la zona rural y/o suburbana de la ciudad de Presidencia Roca llamada Colonia San Francisco y sobre el pueblo de Presidencia Roca hasta que se verifique la seguridad de las mismas y su no afectación a las comunidades lindantes y al medio ambiente”.

“Atento a lo expuesto y al peligro en la demora, comprobada la verosimilitud del derecho que se pretende asegurar, a fin de evitar circunstancias que hagan difícil o frustren en definitiva la realización de la tutela jurisdiccional de los accionantes y de toda la ciudad de Presidencia Roca y sus colonias, estimo que resulta procedente la medida cautelar peticionada”, dictaminó el juez.

Fuente: Litigio.com.ar

Cristian Dominguez

Redactor y co-productor de contenidos para el sitio web y las demás plataformas de El Resaltador.
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