Actualidad

La Cámara del Trabajo dictó una nueva cautelar contra el DNU

La Justicia Laboral falló nuevamente contra la reforma laboral incluida en el Decreto de Necesidad y Urgencia de Javier Milei, esta vez a partir de una presentación de la Central de Trabajadoras y Trabajadores Argentinos (CTA). La Cámara Nacional del Trabajo dictó una nueva medida cautelar que suspende la reforma laboral del DNU que emitió el presidente Javier […]

🕒  2 minutos de lectura

 | 

La Justicia Laboral falló nuevamente contra la reforma laboral incluida en el Decreto de Necesidad y Urgencia de Javier Milei, esta vez a partir de una presentación de la Central de Trabajadoras y Trabajadores Argentinos (CTA).

La Cámara Nacional del Trabajo dictó una nueva medida cautelar que suspende la reforma laboral del DNU que emitió el presidente Javier Milei.

Se trata de un segundo fallo del mismo tribunal que había dado lugar a una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT). Ayer, la segunda cautelar se dictó a pedido de la Central de Trabajadoras y Trabajadores Argentinos (CTA).

Al igual que la anterior cautelar, contó con los votos de dos de los tres miembros del Tribunal: la jueza Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera. Pero en este fallo no votó la magistrada María Dora González, quien había votado en contra de la cautelar anterior.

Los jueces resolvieron “disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo”.

Recordamos que el gobierno nacional adelantó que apelará y pedirá que la causa se tramite en el fuero Contencioso Administrativo Federal en lugar del fuero laboral. En la primera parte del nuevo fallo, los jueces rechazaron enviar la causa al Tribunal que pretende el gobierno nacional.

“En el caso planteado se dan a mi ver circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la asunción de la competencia y la habilitación de la vía elegida en tanto la aptitud jurisdiccional de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en la contienda resulta inobjetable, no sólo en base a las normas procesales antes mencionadas que definen su ámbito material de actuación, sino también por su especial versación en materia de derecho social”, señaló la jueza González Vior en su voto.

“No se trata meramente de derechos económicos, sino que lo que se alega es la grave vulneración de derechos humanos fundamentales”, indicó la jueza.

A su vez, la señaló que a diferencia de la causa que tramita en el juzgado contencioso administrativo federal, "en la presente se encontrarían en juego derechos que hacen a la esencia de las relaciones dependientes, a la libertad y dignidad de las personas que trabajan".

Por último, explicitó que a través del DNU de Milei: "se pondría en jaque la principal vía de tutela a la que pueden recurrir los trabajadores ante su incapacidad negocial a nivel individual, que no es otra que la acción sindical".

Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
Ver más notas
Enterate acá
Enterate acá

Relacionado

Enterate acá

Más de lo último