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Juicio por el crimen de Rafael Nahuel: los prefectos dispararon a matar

Esta semana inició el proceso judicial por el asesinato del joven mapuche, ocurrido en 2017. Durante la jornada de ayer, se desarrolló la lectura de la acusación de la Fiscalía. Este jueves se prevé la declaración indagatoria de los cinco prefectos acusados. El pasado miércoles 16 de agosto comenzó la segunda jornada del juicio oral […]

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Esta semana inició el proceso judicial por el asesinato del joven mapuche, ocurrido en 2017. Durante la jornada de ayer, se desarrolló la lectura de la acusación de la Fiscalía. Este jueves se prevé la declaración indagatoria de los cinco prefectos acusados.

El pasado miércoles 16 de agosto comenzó la segunda jornada del juicio oral y público por el asesinato de Rafael Nahuel, joven mapuche que murió a manos del Grupo Albatros de la Prefectura.

El crimen ocurrió el 25 de noviembre de 2017, al calor de la recuperación territorial de la lof Winkul Lafken Mapu en Villa Mascardi (Río Negro). Ese mismo día, en 25 de Mayo (Buenos Aires), familiares y amigos despedían a Santiago Maldonado, asesinado y desaparecido por la Gendarmería nacional en medio de un corte de ruta en la Pu Lof en Resistencia de Cushamen el 1° de agosto del mismo año.

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Durante la jornada de ayer, se desarrolló la lectura de la acusación de la Fiscalía. Este jueves se prevé la declaración indagatoria de los cinco prefectos acusados: Sergio Guillermo Cavia, autor del disparo, y Francisco Javier Pinto, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García, que están señalados como partícipes necesarios.

La querella de la Secretaría de DDHH de la Nación resaltó que los imputados actuaron con la intención de matar y que, solo por casualidad, no asesinaron a más personas. En este marco, el abogado expuso: "El homicidio de Rafa Nahuel se dio luego de perseguir a los mapuches y disparar 130 veces a matar".

Además, señaló: "Cavia deberá responder como autor del hecho, por haber sido quien disparó el proyectil que impactó en Nahuel y terminó con su vida", mientras que Pinto, Obregón, Sosa y García "deberán responder como partícipes necesarios del homicidio, dado que, sin que ellos hubieran disparado las más de 130 municiones que dispararon, no se hubiera podido llegar al resultado lesivo dadas las circunstancias de contexto que los mismos imputados describieron en sus declaraciones indagatorias".

Acerca de la tentativa de homicidio, el representante de la Secretaría de DDHH solicitó que se tenga en cuenta la cantidad de "municiones letales" que dispararon y que fueron "dirigidas a zonas vitales de las personas a quienes perseguían".

Para la parte querellante, "esto queda probado por la propia muerte de Nahuel y por las lesiones de Conia y Coluán. Puntualmente, Conia recibió un disparo que le perforó el antebrazo izquierdo, mientras que Joana Coluán fue herida en su hombro izquierdo".

A su vez, pidió que se tenga en cuenta que los acusados conformaban un grupo "de élite" dentro de la Prefectura, y que "eran expertos tiradores". Ligado a ello insistió en que "no caben dudas de que quisieron disparar a las personas en zonas vitales y no mataron a más gente solo por casualidad".

A pesar de la exposición, los jueces convalidaron el pedido de la Fiscalía de que la acusación contra los prefectos sea por homicidio agravado con exceso en la legítima defensa.

La Fiscalía también exigió la detención de los imputados, pero el tribunal denegó el pedido argumentando que siempre estuvieron a derecho y que comparecieron las veces que fueron convocados.

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