AFIP publicó una resolución indicando que la fecha límite para la finalización del trámite será el 2 de agosto. ¿Cómo se realiza la recategorización?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo.
Se trata de un trámite obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses. Mediante la resolución publicada en el Boletín Oficial, la nueva fecha límite para la finalización del procedimiento correspondiente al semestre enero/junio de 2024, será el 2 de agosto.
Recordamos que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) tienen distintas categorías y topes de facturación, lo cual determina el monto de las obligaciones fiscales que debe cumplir.
La norma recuerda que esta medida se toma debido a la modificación de los valores de los parámetros de ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados. Asimismo que las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efecto a partir del 1 de agosto de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025.
Para realizar la recategorización, los contribuyentes deben ingresar al sitio web de la AFIP con su Clave Fiscal. La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP.
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Pasos para realizar la recategorización del monotributo:
- Acceder al Portal Monotributo: Ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
- Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.
Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.