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¿Cuántos días corresponden de licencia por paternidad?

Se trata de una licencia pensada en el derecho a equiparar la responsabilidad igualitaria en el cuidado de recién nacidas y nacidos. El debate por la licencia por paternidad está extendido alrededor del mundo y Argentina no es ajena a la coyuntura. Mientras algunos países equiparan la licencia sin distinción de género, en países como […]

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Se trata de una licencia pensada en el derecho a equiparar la responsabilidad igualitaria en el cuidado de recién nacidas y nacidos.

Foto: El Paraná Diario

El debate por la licencia por paternidad está extendido alrededor del mundo y Argentina no es ajena a la coyuntura. Mientras algunos países equiparan la licencia sin distinción de género, en países como el nuestro se continúa recargando la responsabilidad de cuidado en la persona gestante.

En Argentina, según el artículo 158 de la ley nacional de Contrato de Trabajo se brindan 2 días corridos de licencia por paternidad, con goce de sueldo. Esta licencia puede extenderse según diferentes convenios de trabajo, reglamentaciones de privados o legislaciones provinciales.

Por ejemplo, en el caso de agentes de la administración pública, en la Provincia y en la ciudad de Córdoba, el período se extiende a 8 días. La ordenanza N° 7.244 de la Municipalidad indica que: "el agente varón tendrá derecho a gozar por nacimiento de hijo, de una licencia de 8 (ocho) días corridos que podrán ser utilizados dentro de los 15 (quince) días corridos siguientes al de la fecha de nacimiento".

En el caso de empleados de la administración pública nacional cuentan con 5 días hábiles según el Convenio Coelctivo de Trabajo. En cambio, los empleados del Gobierno de CABA pueden llegar a tener hasta 75 días de licencia por paternidad. 

Como vemos, incluso en la administración pública, los días de licencia cambian según la jurisdicción a la que se pertenezca, determinando una falta de patrones de regulación.

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¿Qué pasa en el mundo?

Globalmente, la situación continúa siendo cambiante y se puede vislumbrar que América Latina está rezagada en las legislaciones al respecto.

Si bien las comparaciones son odiosas y algunas veces inútiles, un país que marca la pauta en materia igualitaria es Finlandia. El país europeo dispone la misma cantidad de licencia por maternidad que por licencia parental.

Tanto padres como madres recibiren un permiso laboral pagado de casi siete meses. Otro ejemplo es Islandia que dispone hay 9 meses de licencia compartida entre progenitores: tres para el gestante, tres para el no gestante y tres para ser distribuidos entre ellos como decidan.

Si tenemos en cuenta que en Argentina el 80% de los hogares las tareas domésticas y el cuidado cotidiano de niños, niñas, adolescentes recaen exclusivamente sobre las mujeres (INDEC 2013), la disparidad en las licencias reproduce y continúa manteniendo la desigualdad.

Inclusive, al no haber modificatorias en las normativas desde hace tiempo (incluso desde la sanción de la ley de matrimonio igualitario en 2010), las disposiciones quedan obsoletas ya que no tienen en cuenta a parejas no heterosexuales. La legislación nacional tampoco incluye licencias por adopción.

En este sentido, desde el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) han trabajado desde 2018 en una campaña, Más licencia por paternidad. En la iniciativa destacan dos postulados:

Si bien el debate sobre la licencia en nuestro país continúa, (hay proyectos en el Congreso al respecto pero no están siendo tratados), no existen avances significativos en la materia. De esta forma, se perpetúa la desigualdad, recargando la responsabilidades de cuidado sobre las personas gestantes, y negando el derecho de cuidado de hijxs a varones.

Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
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