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Con modificaciones, el Senado aprobó la nueva Ley de Alquileres

Con 37 votos a favor y 29 en contra, la iniciativa obtuvo media sanción con algunos cambios en relación al proyecto aprobado a fines de agosto en Diputados. Este jueves 28 de septiembre se aprobó en el Senado de la Nación la reforma de la Ley de Alquileres, con algunos cambios en relación a la […]

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Con 37 votos a favor y 29 en contra, la iniciativa obtuvo media sanción con algunos cambios en relación al proyecto aprobado a fines de agosto en Diputados.

Este jueves 28 de septiembre se aprobó en el Senado de la Nación la reforma de la Ley de Alquileres, con algunos cambios en relación a la iniciativa sancionada a fines de agosto en Diputados. Por tanto, deberá regresar a la Cámara de origen en segunda revisión.

La normativa obtuvo 37 votos positivos y 29 negativos. Contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que integran el bloque de Unidad Federal; mientras que Juntos por el Cambio votó en contra puesto que pretendía aprobar el proyecto directamente como venía de Diputados, es decir, sin realizarle ninguna modificación.

El proyecto de la Cámara baja estipulaba que las partes debían convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), confeccionados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o bien una combinación de dichos parámetros.

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Por su parte, la iniciativa aprobada en el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que "los contratos de locación con destino" a vivienda serán ejecutados "en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajuste con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses".

En el mismo sentido, modificaron el mecanismo de actualización del precio de los alquileres, propiciando que "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA".

Sumado a ello, incorporaron un último párrafo donde se explicita que "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo". También se sumó un nuevo artículo vinculado al Impuesto a las Ganancias: "Las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación".

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