Mediante la resolución 1/2019 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud avaló la actualización del protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
«Este protocolo tiene como objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud para que cumplan con su responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco jurídico argentino» puede leerse en los considerando de la resolución.
Según la normativa vigente en Argentina el aborto legal es contemplado por el art 86º del Código Penal. Dicha práctica fue avalada por la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “F.A.L” de 2012.
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A nivel clínico, el protocolo incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo -dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)- y refuerza la importancia del acceso rápido a la atención integral.
La actualización refuerza la necesidad de resolución en el primer nivel de atención y en los tratamientos con medicamentos.
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Para su desarrollo se tuvo en cuenta -entre otros antecedentes- el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” del año 2019, derogado por el Decreto Nº 785/2019, por el Gobierno anterior.
La resolución expresa en su articulo 1º: Apruébase el “PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DERECHO A LA INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO”, 2da Edición 2019, que como ANEXO ÚNICO forma parte integrante de la presente resolución».
Por Emi Urouro