El CELS y referentes de la UCR presentaron nuevas acciones de amparo contra el DNU que amplía peligrosamente el accionar de la SIDE sobre los ciudadanos.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y referentes de la UCR sumaron nuevos pedidos de amparo para que tribunales frene el DNU 941, que amplía competencias de la SIDE, por considerar que la reforma va contra derechos constitucionales y un sistema de gobierno democrático.
Según las modificaciones que introduce el decreto, la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) podrá detener personas sin orden ni seguimiento judicial, intercambiar información sobre ciudadanos sin regulación e involucrar a las Fuerzas Armadas en Inteligencia Interior, entre otros aspectos.
Sobre las detenciones, el interbloque Unidos (conformado por Provincias Unidas, la Coalición Cívica y Encuentro Federal) declaró que las mismas contradicen el consenso democrático: «Los servicios de inteligencia no pueden transformarse en una policía secreta”, afirmaron.
El DNU 941 fue firmado el 31 de diciembre por el Presidente Javier Milei. La judicialización de los primeros amparos contra este decreto se librará en el fuero contencioso administrativo, el correspondiente al accionar del Estado.
Hasta ahora, se presentaron cuatro amparos. El primero fue de los diputados nacionales Maximiliano Ferraro y Mónica Frade (Coalición Cívica) y Esteban Paulón (Partido Socialista), radicado en el juzgado de Rita Ailán y solicitando la suspensión del DNU; le siguió el de Yamil Santoro, ex legislador de Republicanos Unidos, y recientemente se sumaron dos más: uno del CELS y otro de miembros de la UCR.
Cuáles son los argumentos del CELS
El pasado martes, el CELS (cuyo amparo resultó recientemente en un fallo contra el protocolo antipiquetes de Bullrich) presentó un amparo —que solicitó se inscriba como proceso colectivo— en el que exige que se declare la nulidad absoluta, la ilegalidad y la inconstitucionalidad del DNU 941 sobre la SIDE.
El amparo del Centro sostiene en primer lugar que, considerando que se trata de un Decreto «de Necesidad y Urgencia», el Poder Ejecutivo nunca explicó cuál es la urgencia que justifica que la reforma de la SIDE no pase por el Congreso.
En segundo lugar, el Poder Ejecutivo tiene prohibido legislar en materia penal. El DNU, en la medida en que habilita detenciones sin orden ni control judicial posterior por parte de agentes de la SIDE, contradice esa prohibición.
En tercer lugar, el CELS entiende que esta ampliación de facultades de la Secretaría de Inteligencia afecta derechos constitucionales y dispone medidas arbitrarias y desproporcionadas.
Uno de los puntos más insistidos por la oposición y distintas organizaciones sociales y legales es el hecho de que la reforma habilita el espionaje y la persecución por razones políticas. Las facultades de contrainteligencia que se abren con el nuevo DNU habilitarían a la SIDE a intervenir en ámbitos sociales, políticos e individuales en los que hasta ahora no podía participar.
Además, con las modificaciones la SIDE puede pedir información sobre ciudadanos a otras agencias estatales e intercambiarla con dependencias locales o extranjeras con las que tenga un convenio, sin regulación.
“Todas estas modificaciones (…) no resultan ser meros ajustes de estructuras administrativas, sino que implican intervenciones restrictivas directas sobre derechos constitucionales, las que son decididas por un instrumento de baja calidad democrática como lo es un DNU”, escribieron los representantes del CELS. “Su dictado ni siquiera cuenta con una justificación clara y precisa sobre las razones de su utilización, así como tampoco se explica por qué no puede esperar los tiempos del debate democrático”, añadieron.
Por su parte, referentes radicales presentaron un amparo propio, firmado por Leopoldo Moreau, Federico Storani, Ricardo Alfonsín, Luis Alberto Cáceres, Manuel Garrido, Eduardo Santin y Ricardo Terrile.
El amparo radical enfatiza puntos similares. Las tareas de contrainteligencia; el hecho de que todas las actividades de la SIDE sean encubiertas, lo que obstaculiza el control ciudadano y la supervisión del Congreso; y el intercambio de información con otras agencias.
“A través de una arquitectura legal deliberadamente opaca, el decreto impugnado diluye los límites establecidos por la normativa vigente en torno a la prohibición del espionaje interno, la recolección de datos sin orden judicial y la vigilancia ideológica o política. Se institucionaliza un régimen de inteligencia que habilita el monitoreo de la ciudadanía no ya en función de hechos ilícitos concretos y verificables, sino sobre la base de criterios amplios e indeterminados de oportunidad política, conveniencia estratégica o prevención difusa, incompatibles con un Estado constitucional de derecho”, reza el texto.
El tema podría escalar a un per saltum en la Corte Suprema de Justicia
El amparo de miembros de la UCR advierte que el tema podría ser llevado a la CSJ mediante un per saltum, en caso de obtener un fallo adverso en primera instancia.
Como antecedente, en junio de 2019 la Corte Suprema había adoptado una acordada respecto a las escuchas de Inteligencia difundidas en los medios, cuyo objetivo eran fundamentalmente dirigentes kirchneristas.
“Corresponde recordar que nuestro orden constitucional no prevé un Estado omnipresente destinado a controlar a una sociedad en la que sus habitantes se encuentren bajo un generalizado estado de sospecha”, fueron las palabras de la Corte en aquel momento.
Sin embargo, desde el entorno libertario se muestran confiados en que ganarían una batalla judicial. Una fuente del gobierno le dijo a Infobae: “Si hay que debatirlo en tribunales, vamos a ganar. La Corte tiene jurisprudencia que nos da la razón”.

