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La Corte Suprema revocó un fallo de la Justicia cordobesa: penas más graves por narcomenudeo

Publicado por:Ramiro Quintanilla

El Tribunal Superior de Justicia había declarado la inconstitucionalidad del mínimo del monto de la pena que indica la ley de estupefacientes. De esta manera, en Córdoba se diferenciaba narcomenudeo de narcotráfico. La Corte revocó dicho fallo.

Foto: G5noticias.

La semana pasada, en uno de los primeros fallos con Manuel García Mansilla como integrante, la Corte Suprema de la Nación revocó un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que establecía menores penas por el delito de narcomenudeo.

La controversia gira en torno al fallo Loyola, en donde la Cámara en lo Criminal de la Primera Nominación condenó al acusado a cuatro años de prisión, el mínimo legal por comercialización de estupefacientes según la Ley 23.737

Sin embargo, su defensa presentó un recurso de inconstitucionalidad argumentando la desproporción de la pena. Al recibir el expediente, el TSJ dio lugar al recurso reduciendo la pena a tres años de prisión, castigo que resulta excarcelable.

El máximo tribunal provincial sostuvo que la Ley 26.052 permite que las justicias provinciales tengan bajo su responsabilidad los casos en que «comercie, entregue, suministre o facilite estupefacientes fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor»,

De esta manera, los jueces del TSJ entendieron que la normativa establece una diferenciación entre el narcotráfico y la comercialización de menores volúmenes o de venta directa al consumidor, caracterizada como «narcomenudeo».

Además, mencionó que a través de la normativa se permitía a las justicias provinciales asumir las responsabilidades en este último tipo de casos. De esta manera, declaró inconstitucional lo que plantea la ley 23.373.

Pero en noviembre de 2016, el entonces fiscal general de la provincia, Alejandro Moyano, interpuso un recurso extraordinario, que llevó el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 18 de noviembre de 2016.

Finalmente la Corte Suprema declaró la constitucionalidad de la escala presentada en la ley de estupefacientes, y revocó el fallo Loyola sobre narcomenudeo.

¿Qué implicancias tiene?

Al respecto, conversamos con la abogada Nadia Podsiadlo, integrante de la Red Federal de Abogacía Cannábica, quien señaló: «Es un retroceso porque a mi modo de ver está muy bien fundado el fallo del TSJ de Córdoba en donde el foco principal era el principio de proporcionalidad. De ninguna manera puede ser igualmente castigada una persona que está en el narcotráfico y una persona que está cultivando dos o tres plantas de marihuana o se le secuestran pequeñas cantidades de otras sustancias consideradas estupefacientes».

En este sentido, la jurista señaló que las implicancias del narcotráfico muchas veces se relacionan con otros delitos aún peores como contrabando entre fronteras, explotación y trata de personas, tráfico y tenencia de armas, etc.

En términos más simples, el TSJ argumentó que de ninguna manera la conducta es tan gravosa entre una persona que ejerce el narcomenudeo y una que ejerce el narcotráfico.

Como mencionamos, los delitos con una pena de menos de tres años de prisión son excarcelables, por lo que se pueden imponer penas económicas, comunitarias o de otro tipo.

«Ahora los jueces de la Corte dan vuelta el fallo, considerando que el monto de la pena para narco menudeo es constitucional. Indican que todo lo referido a política criminal es competencia del Congreso de la Nación, por lo que para que haya penas menores, debería modificarse la normativa» explicitó Podsiadlo.

En las consecuencias directas, la abogada apuntó que esta resolución va a significar aún más persecución al narcomenudeo o la tenencia de estupefacientes. Además, las personas judicializadas por estos motivos, en muchos casos, no tendrán penas excarcelables.

Si hacés un estudio de los años en que la desfederalización empezó a implementarse en la República de Argentina, ha crecido enormemente la cantidad de presos y presas por microtráfico, lo cual te lleva también a otra conclusión: que no se está moviendo la cantidad de presos por narcotráfico, entonces ¿a quiénes estamos persiguiendo?

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