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Una jueza dictó una cautelar contra los aumentos en una prepaga luego del DNU

La jueza Martina Fons ordenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires readecuar las cuotas de su plan de salud a una clienta de 78 años. El DNU de Javier Milei establecía la liberación de las restricciones de precios de la medicina prepaga. De esta manera, se abre una puerta a futuros reclamos. […]

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La jueza Martina Fons ordenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires readecuar las cuotas de su plan de salud a una clienta de 78 años. El DNU de Javier Milei establecía la liberación de las restricciones de precios de la medicina prepaga. De esta manera, se abre una puerta a futuros reclamos.

La jueza Federal de San Martín, Martina Forns, dictó una medida cautelar contra los aumentos de una prepaga de Buenos Aires.

A través de la medida, ordenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires readecuar las cuotas del plan de salud de una afiliada de 78 años, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 del Gobierno nacional.

El DNU enviado por el presidente Javier Milei establece que se deben “liberar las restricciones de precios al sistema de medicina prepaga” para “aumentar la competitividad del sistema”, dando pie a subas de precios sin control.

Antes de la medida tomada por el libertario, la Superintendencia de Servicios de Salud tenía la autoridad de regular los aranceles cobrados a los usuarios y de establecer montos mínimos a pagar a los prestadores. Además, en 2022 el gobierno de Alberto Fernández sancionó el decreto 743/2022, que regulaba un incremento escalonado de las cuotas de las prepagas desde el 1° de febrero de 2023 y por 18 meses.

La iniciativa incluida en el DNU dio pie a aumentos del 40% en enero y del 28,5% para febrero en la medicina prepaga. La jueza Forns dictó la cautelar en una causa presentada por Marta Cristina Brauchli, de 78 años, una afiliada de la mutual en reclamo tras el fuerte incremento a partir de la entrada en vigencia del DNU.

En la presentación, la mujer pide que se dejen "sin efecto los aumentos realizados" y que se declare la "inconstitucionalidad" del DNU 70/23.

La jueza, al resolver la presentación, decidió "hacer lugar" a la medida cautelar presentada por María Cristina Brauchli y "en consecuencia ordenar a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires a readecuar las cuotas correspondientes a su plan  asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23 del PEN".

A su vez, señaló que la obra social debe adecuar las cuotas de su plan asistencial “limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del artículo 17 de la ley 26.682 (Marco regulatorio de la medicina prepaga)″.

La cautelar contra los aumentos de la prepaga realizada por la magistrada responde a una presentación particular, pero abre la puerta a futuras presentaciones de clientes.

Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
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