El juez de San Francisco, Andrés Peretti, argumentó: “En todo momento debo guiarme por el interés superior del niño, el cual prevalece sobre cualquier otro interés”.

Los padres de un recién nacido en la Clínica San Justo, de la ciudad de San Francisco, se negaron a aplicarle las dosis correspondientes al calendario de vacunación obligatorio. Ante la situación, el pediatra de guardia notificó el caso a la Unidad de Desarrollo Regional de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf).
Debido a que algunas vacunas deben aplicarse dentro de las primeras 12 horas de vida para garantizar su efectividad, el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil San Francisco intervino de manera inmediata.
En la resolución, el juez Andrés Peretti señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo la Ley N° 27.491, que establece la obligatoriedad de las vacunas del calendario nacional.
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“Sin desconocer el principio de autonomía de la voluntad (art. 19 de la Constitución Nacional), en todo momento debo guiarme por el interés superior del niño, el cual prevalece sobre cualquier otro interés, atento que el niño recién nacido es el más vulnerable y necesitado de protección”, remarcó Peretti.
Además, insistió que no colocar a su hijo las vacunas “afecta no solo al niño recién nacido, sino que, además, implica un riesgo para toda la comunidad y compromete la eficacia del régimen de vacunación oficial”.
“Las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación no alcanzan solo al individuo que la recibe, sino que, además, incide directamente en la salud pública, cuyo objetivo principal es reducir y/o erradicar los contagios en la población”, agregó el juez.
Con base en estos argumentos, autorizó al personal médico de la clínica a proceder con la vacunación del recién nacido. También ordenó a los padres cumplir con el calendario de vacunación obligatorio en adelante, bajo apercibimiento de enfrentar sanciones legales en caso de incumplimiento.