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Trabajadores argentinos dudan de poder jubilarse a una edad "deseada"

La edad deseada no coincide necesariamente con la edad legal para iniciar los trámites jubilatorios sino con aquella en la que el trabajador desearía poder dejar de estar activo El 64% de los trabajadores argentinos dudan sobre la posibilidad de jubilarse a la edad "deseada", según el informe que realizó Randstad. El principal motivo es la posición financiera que atraviesan […]

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La edad deseada no coincide necesariamente con la edad legal para iniciar los trámites jubilatorios sino con aquella en la que el trabajador desearía poder dejar de estar activo

El 64% de los trabajadores argentinos dudan sobre la posibilidad de jubilarse a la edad "deseada", según el informe que realizó Randstad. El principal motivo es la posición financiera que atraviesan estas personas.

El estudio también constató la situación en Chile, dónde el porcentaje sube al 68%, en México es del 58% y en Brasil del 57%.

La edad deseada no coincide necesariamente con la edad legal para iniciar los trámites jubilatorios sino con aquella en la que el trabajador desearía poder dejar de estar activo, dado que en los distintos países hay diferentes regímenes previsionales, indicaron desde la consultora.

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En el caso de Argentina la ley establece en general un mínimo de 30 años de trabajo con aportes al sistema de jubilaciones de reparto y tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 en el caso de los varones.

El mismo informe sostuvo que en la actual situación económica, el 80% de los trabajadores en Chile está preocupado por su seguridad laboral, seguido por los mexicano con el 77% y por Argentina con el 75%.

Proyecto de jubilación anticipada

En el Congreso de la Nación existe un proyecto que envió el oficialismo para una moratoria previsional. Podría tratarse en sesiones extraordinarias y, en caso de aprobarse, beneficiaría a unas 80 mil personas, según la directora de Anses Fernanda Ravertta.

El Plan de Pago de Deuda Previsional alcanza a dos grupos: por un lado, a quienes ya cumplieron la edad jubilatoria pero no cuentan con los 30 años de aportes realizados. Estas personas podrán cancelar la deuda de aportes en cuotas descontadas de su jubilación. Por el otro, quienes están a menos de 10 años de cumplir la edad jubilatoria y no alcanzarán los 30 años de aportes. En este caso, podrán identificar y cancelar períodos pasados de aportes, lo que les otorgará derecho a acumular períodos para su futura jubilación.

Cristian Dominguez

Redactor y co-productor de contenidos para el sitio web y las demás plataformas de El Resaltador.
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