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Reglamentaron la ley de digitalización de historias clínicas

La norma crea un registro en donde habrá constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, en hospitales públicos o privados. Mediante el decreto 393/2023, el Gobierno nacional reglamentó la ley 27.706 que crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización […]

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La norma crea un registro en donde habrá constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, en hospitales públicos o privados.

Mediante el decreto 393/2023, el Gobierno nacional reglamentó la ley 27.706 que crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas. El objetivo de la norma es garantizar que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

La ley busca instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas, que opera como una red que intercomunica e interopera distintos sistemas de registros de pacientes.

En este sistema habrá constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, en hospitales públicos o privados.

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Se establece además que deberá contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.

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La información clínica contenida en estos sistemas, su registro, actualización o modificación y consulta se efectuarán bajo "estrictas condiciones" de seguridad, integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad, conservación, disponibilidad, acceso y trazabilidad, de acuerdo con la normativa vigente en la materia, precisó el texto.

La creación de este sistema garantiza a los pacientes y a los profesionales de la salud el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada persona desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando que la consulta de los datos quedará restringida a quien esté autorizado.

Entre los fundamentos, la ley considera que el Estado nacional tiene la responsabilidad de avanzar "en el camino de la modernización tecnológica y digital de los procesos inherentes a la atención sanitaria", a la par de un "entramado regulatorio a nivel federal".

Cristian Dominguez

Redactor y co-productor de contenidos para el sitio web y las demás plataformas de El Resaltador.
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