En los comicios del 14 de noviembre, se renovaron un tercio de la Cámara alta y la mitad de la Cámara baja. La cantidad de votantes llegó al 72%, en esta nota, te contamos con puede pasar con quienes quedaron fuera de ese porcentaje.
En Argentina, el voto es obligatorio, es decir, se supone que las ciudadanas y ciudadanos que figurarán en el padrón electoral tenían que cumplir con el deber cívico de votar en las legislativas 2021.
En relación al punto anterior, quienes no puedan presentar una justificación válida por no asistir a los comicios, serán sancionados, según lo que dispone el Código Nacional Electoral (CNE). Para realizar ese descargo, tendrá tiempo desde la fecha de la votación- 14 días- hasta plazo de 60 días.
Dato a tener en cuenta: quienes tuvieran 16 y 17 años, o 15 años pero cumplieran 16 años hasta el 14 de noviembre, podían ejercer el derecho optativo al sufragio.
¿Qué justificación es válida para no votar?
- Estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, de forma suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.
- Ser juez o auxiliar de la justicia que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Revistar entre personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
- Este año, estarán exceptuados de votar los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de covid-19 o que tengan síntomas compatibles con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean contactos estrechos. La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente.
- Encontrarse el día de la elección a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y puedan explicar que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana o en sede consular si están en el exterior.
Antenti, la justificación se debe presentar ante la Justicia Nacional Electoral. Tenés que llevar la documentación ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito, en la Cámara Nacional Electoral o ingresando en https://infractores.padron.gov.ar/
En esta última opción se debe ingresar datos personales y un código de validación. Luego, presionar «solicitar justificación» para ser derivado a un menú de posibles motivos. Después, seleccionar la justificación correspondiente y, por último, adjuntar el certificado que acredite su ausencia.
¿Qué pasa si no podés justificar tu ausencia?
Tendrás que pagar una multa de $ 100 por no haber sufragado en las elecciones generales, en tanto que para las PASO la multa es de $ 50. Podés consultar el Registro de Infractores para revisar su situación y comprobar si está en falta por elecciones pasadas
Esta multa puede abonarse por el Banco de la Nación Argentina, ya sea, personalmente o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual. Hay que tener en cuenta que la información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda.
¿Qué pasa si no pagás? Quedás registrado como infractor y no podrás hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrás ser designada o designado funcionario público durante tres años.