A pesar de que el proyecto está avanzando en Diputados, el DNU era necesario porque vencía el plazo de la legislación vigente.
El presidente Alberto Fernández publicó este jueves una batería de 116 DNUs. Entre ellos, emitió el que establece la prórroga de la emergencia territorial indígena por 4 años. De esta manera, se suspenden los desalojos de las comunidades originarias ya que quedan sin efectos las sentencias sobre estos litigios.
Al respecto, la portavoz Gabriela Cerruti señaló que «la prórroga de esta ley se realizó porque dicha extensión tenía media sanción del Senado y despacho de comisión de Diputados, pero como vencía hubo que hacer la prórroga por DNU antes del 23 de noviembre«.
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«Esta norma habla de un reordenamiento territorial que se está llevando acabo y que no está concluido», aclaró Cerruti, quien además consideró que «el reordenamiento territorial es un espacio de diálogo para la cuestión de los pueblos originarios que reclaman derechos sobre algunos territorios».
La normativa sancionada por el presidente, y firmada por todos los ministros del Gabinete, suspende por «el plazo de emergencia declarada la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras«, y establece que «la posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada».
Durante la vigencia del plazo de la emergencia declarada, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) deberá realizar el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas, dar intervención al Estado Provincial y los Estados Municipales implicados y, en caso de corresponder, a la Administración de Parque Nacionales.