Skip to content
Logo El Resaltador

Procesan a Oscar González por el uso indebido del BMW X1

Publicado por:Agustina Bortolon

Así lo determinó una resolución del juez Alejandro Sánchez Freytes. También procesaron a María Belén Badra, sobrina del ex legislador, por ocultar objetos que podían servir como prueba en la investigación.

Este martes 24 de octubre se conoció la resolución del Juzgado Federal 1 de Córdoba en la causa «González Oscar Félix, Badra María Belén – Malversación de caudales públicos (art. 263) Averiguación de delito».

El juez Alejandro Sánchez Freytes ordenó el procesamiento de González, dirigente de Traslasierra y ex legislador cordobés «como autor del delito de depositario infiel continuado» y de María Belén Badra, sobrina del mencionado, como «autora del delito de ocultamiento de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente».

El 29 de octubre de 2022, González protagonizó un siniestro vial en el Camino de las Altas Cumbres mientras conducía el automóvil BMW X1, provisto por el Tribunal Superior de Justicia. A causa de la colisión frontal con un Sandero, falleció Alejandra Bengoa, la conductora del Renault, mientras que dos jóvenes de 14 años resultaron heridas de gravedad.

En su resolución, el juez Sánchez Freytes dispuso además «trabar embargo en sus bienes hasta cubrir la suma de un millón de pesos; y por 500.000 pesos a Badra».

Sumado a lo anterior, se indica que «está acreditado que efectivamente Oscar González, en su calidad de funcionario público, había recibido en depósito judicial un automotor secuestrado; que debía utilizarlo exclusivamente para la función legislativa; que, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar descriptas en el hecho, el automotor estaba secuestrado en una causa federal y González lo conducía en situaciones que prima facie aparecen ajenas a la función legislativa: por tratarse de fines de semana o feriados, incluso en horarios de inactividad legislativa, conforme las constancias de rendición de gastos como usuario de vehículo mencionado».

Es por ello que la conducta del ex legislador «ha implicado una violación al deber que había asumido como depositario, y ello encuentra previsto en el artículo 263 del Código Penal, que brinda una especial protección a los bienes secuestrados por la autoridad competente».

Logo El Resaltador

Apoya el periodismo autogestionado

La comunicación la construimos entre todxs.

Suscribite acá