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Primer encuentro de la mesa de alquileres, el Gobierno recibirá a inquilinos e inmobiliarias

Publicado por:Agustina Bortolon

Los inquilinos piden un impuesto a las viviendas vacías, y las inmobiliarias quieren acortar el plazo de los contratos para que mejore la oferta.

La escasez de oferta inmuebles para alquilar, la sobreoferta de propiedades para la venta y los precios irrisorios que tienen los alquileres, son solo algunos de los tópicos que atraviesan la problemática habitacional en Argentina.

Con la intención de cuestionar y debatir esta situación, esta semana, el secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, recibirá a las cámaras inmobiliarias y a las agrupaciones de inquilinos para explorar alternativas que permitan incrementar la oferta de propiedades para alquilar.

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Esta mesa de diálogo, tiene como finalidad controlar el cumplimiento de la ley y discutir cómo aumentar la oferta de viviendas que estén en alquiler. Asimismo, se considerarán propuestas para modificar esta normativa, según anticipó el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.

Una de las estrategias propuestas por la Federación de Inquilinos para fomentar la disponibilidad de viviendas ofertadas al mercado de alquileres, es la posibilidad de un impuesto a la vivienda ociosa. Esto refiere al cobro de un impuesto que se dirija a quienes tengan más de tres propiedades a su nombre, acumulando viviendas sin habitar.

A su vez, la Federación también plantea la necesidad de que todos los contratos estén registrados en AFIP, debido a que, según un relevamiento, de 3 millones de contratos que se realizan año a año, solo se registran 170 mil.

Por su parte, distintos representantes de las Cámaras Inmobiliarias, plantean como principales temáticas a tratar la reducción de tasas e impuestos (ingresos brutos), sumado a la revisión del plazo de los contratos, que actualmente se renuevan cada tres años.

Para las inmobiliarias, una posible solución sería la fijación de un «índice alternativo», que ajuste los precios de los alquileres al menos dos veces en un mismo año de contrato. Cabe recordar que la ley actual considera un incremento anual que se ajusta al Índice de Precios del Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), mediante un índice elaborado por el Banco Central.

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