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Presentan proyecto de "Ley Abrazo" para proteger a las víctimas de violencia sexual en el proceso penal

En la Legislatura bonaerense, la diputada Lucía Portos presentó la “Ley Abrazo”, para proteger a las víctimas de violencia sexual durante el proceso penal. En el proyecto se establece que “no podrá admitirse prueba referida al comportamiento sexual anterior o ulterior de la víctima o de un testigo”. Se busca establecer reglas claras a la […]

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En la Legislatura bonaerense, la diputada Lucía Portos presentó la “Ley Abrazo”, para proteger a las víctimas de violencia sexual durante el proceso penal. En el proyecto se establece que “no podrá admitirse prueba referida al comportamiento sexual anterior o ulterior de la víctima o de un testigo”. Se busca establecer reglas claras a la hora de la investigación penal para evitar la repetición de violencia contra la denunciante. Además, se pretende contribuir a una justicia con perspectiva de género.

El caso de Lucía Pérez de 16 años sentó un grave precedente para la Justicia argentina en materia de femicidios: la Justicia absolvió de los cargos de femicidio y abuso sexual agravado por acceso carnal a los acusados, refiriendo como pruebas el pasado sexual de la víctima. Pensando en este caso y en la manera de proteger a víctimas de casos similares, la diputada bonaerense Lucía Portos (FPV) formuló el proyecto de la “Ley Abrazo”.

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La iniciativa fue presentada mediante un video (que podés ver al final de la nota) del cual participaron distintas referentes feministas como la actriz Thelma Fardín, la influencer y activista Femigangsta, junto a las periodistas Flor Alcaraz y Luciana Peker. La “Ley Abrazo” propone que "en los procesos por delitos contra la integridad sexual de las personas no podrá admitirse prueba referida al comportamiento sexual anterior o ulterior de la víctima o de un testigo".

De esta manera, se protege a la denunciante ante posibles argumentos machistas de la Justicia como los presentados en el caso de Lucía Pérez. “Nuestro pasado sexual no puede ser utilizado como argumento para desmerecer nuestras denuncias. Las mujeres, niñas y adolescentes no somos culpables de la violencia que recibimos” se indica en el video.

La diputada Portos, agrega que la ley propone reglas de actuación judicial menos hostiles para con las víctimas que denuncian violencia sexual evitando la revictimización (repetición de violencia contra la denunciante) y en busca de una justicia con perspectiva de género”.

La “Ley Abrazo” establece también que el consentimiento sexual no podrá inferirse:

  • “de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de un entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre.
  • El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando ésta sea incapaz de dar un consentimiento libre.
  • El consentimiento no podrá inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima a la supuesta violencia sexual.
  • La credibilidad, la honorabilidad o la disponibilidad sexual de la víctima no podrán inferirse de la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima o de un testigo”.

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