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PASO: ¿qué debemos saber antes de votar el próximo domingo?

En menos de una semana tendrán lugar las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). Existen algunos interrogantes que deben ser respondidos antes de llegar a esa instancia. Por Redacción El Resaltador Las elecciones legislativas de este año contarán con dos instancias. Las primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) el próximo 12 de septiembre y […]

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En menos de una semana tendrán lugar las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). Existen algunos interrogantes que deben ser respondidos antes de llegar a esa instancia.

El próximo domingo será la primera instancia para elegir 127 diputados nacionales y 24 senadores nacionales

Por Redacción El Resaltador

Las elecciones legislativas de este año contarán con dos instancias. Las primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) el próximo 12 de septiembre y las generales el 14 de noviembre. Para estas instancias, se presentan interrogantes comunes, que más vale resolverlos antes de ir a votar. ¿Quiénes pueden votar? ¿Quienes están excentos de hacerlo? ¿Qué cargos se renuevan?

En primera instancia, cabe hacer un repaso de qué cargos y en qué porcentaje se votarán en estas elecciones. Se elegirán 127 diputados nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de un total de 257 bancas. Además, serán elegidos 24 senadores nacionales, en ocho provincias, de un total de 72. En este caso será el turno de Catamarca, Chubut, Córdoba, Corrientes, La Pampa, Mendoza, Tucumán y Santa Fe.

¿Quiénes pueden votar?

Todas y todos los argentinos nativos y por opción que al 27 de octubre tengan 18 años o más y menores de 70 años pueden votar. Deben estár inscriptos en el padrón electoral y deben votar en las Elecciones Nacionales. Todos los jóvenes de 16 y 17 años, y los que teniendo 15 cumplan los 16 años hasta el mismo 14 de noviembre tienen derecho optativo al sufragio. 

¿Quiénes están exentos de ir a votar?

Las personas que estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación podrán quedar eximidas de votar. Sin embargo, deberán comprobar el hecho consiguiendo un certificado en las comisarías del lugar. En tanto, quienes se encuentren enfermos deben justificar la ausencia con un certificado médico emitido por un hospital público o, de no poder movilizarse, por un médico particular.  Los comprobantes deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la elección.

¿Y si tengo covid?

La Cámara Nacional Electoral exceptuó de votar a quienes tengan covid-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo. También a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. Siempre se deberá contar con un certificado que acredite una u otra condición. 

A la vez, quienes sean contacto estrecho o presenten un síntoma en el momento en el que están en el lugar donde debían votar también será eximidos de votar. Para quienes igualmente deseen votar, pueden hacerlo sin impedimentos, con el compromiso de que las autoridades garanticen condiciones sanitarias según los protocolos. 

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Si no voto en las PASO, ¿puedo votar en las generales?

Todas y todos los electores que figuren en los padrones y no hayan votado en las PASO, tienen el derecho y la obligación de hacerlo en las elecciones generales.

¿Qué hago si no voy a votar?

Para quienes no voten en las PASO, deberán concurrir a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección, para justificar su abstención. Será con la documentación que acredite el motivo de la falta. También podrá dirigirse a la Cámara Electoral.

¿Cómo dejar constancia de mi voto?

Para constatar el voto, el elector deberá firmar el padrón de mesa en el lugar previsto para ello. Finalmente, el Presidente de Mesa firmará y le entregará al votante como constancia de emisión de voto un troquel individual e intransferible. Este contiene impresos los datos del elector, la fecha y el tipo de la elección, los datos de la mesa de votación y un código de barras. En el mismo acto, el Presidente de Mesa le reintegrará al votante su documento cívico.

¿Qué hacer si faltan boletas?

Si faltasen boletas en una mesa, el presidente de mesa deberá solicitar la provisión al fiscal que actúa en su mesa, al fiscal general o a otro fiscal de la misma agrupación acreditado ante otra mesa. Si esas personas no estuvieran presentes o hubieran agotado el stock disponible, hasta que el partido proceda a su reposición, deberá el presidente de mesa solicitar la utilización de las boletas de contingencia al delegado o, en su caso, al personal de seguridad. En todos los establecimientos habrá boletas de contingencia de las agrupaciones políticas.

Carmela Laucirica

Periodista interesada por las problemáticas sociales y ambientales. También soy Community Manager. Lectora y escritora en mis ratos libres.
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