Organizaciones civiles denuncian el retroceso en la igualdad de género y la participación ciudadana en los asuntos públicos, luego de que el Ministerio de Justicia publicara ternas clave para Comodoro Py y juzgados federales sin el período de observaciones ni acceso a declaraciones juradas.

El pasado jueves el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial las primeras ternas de candidatos para cubrir vacantes en tribunales federales, dando curso a un nuevo procedimiento para la designación de autoridades judiciales que numerosas organizaciones civiles consideraron regresivo en la calidad democrática y el control social sobre el Poder Judicial.
Especialistas alertaron que el método de designación introduce retrocesos tanto en lo referido a la igualdad de género como en la transparencia institucional y participación ciudadana.
Cuáles son los cambios
El Decreto 467/2026 del Gobierno Nacional modificó los decretos 222/03 y 588/03, eliminando instancias de participación ciudadana vigentes desde hace más de 20 años y estableciendo nuevos criterios para la selección de jueces, fiscales, defensores y ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, reduciendo el control social sobre designaciones en el Poder Judicial.
El procedimiento de designación de autoridades judiciales previo contemplaba un plazo de 15 días para que ciudadanos, organizaciones sociales, universidades, colegios profesionales y otras instituciones presentaran observaciones o impugnaciones respecto de los candidatos propuestos.
El nuevo régimen elimina ese plazo en el caso de nombramientos de integrantes de la Corte Suprema de Justicia, jueces de tribunales inferiores, fiscales, defensores públicos y las máximas autoridades del Ministerio Público Fiscal.
Por otro lado, se eliminó el acceso público a las declaraciones juradas patrimoniales de los postulantes durante esta etapa del proceso y se dejó sin efecto la obligación del Ministerio de Justicia de solicitar al ARCA informes sobre el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales de los candidatos.
Finalmente, otro punto crítico del nuevo régimen es la eliminación de directivas que sugerían tener en cuenta criterios de igualdad de género, especialidad jurídica y procedencia regional a la hora de designar autoridades judiciales de la Corte Suprema de Justicia.
Esta decisión afecta directamente a la diversidad y representatividad de las autoridades judiciales y atenta contra compromisos asumidos por el Estado argentino como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que establece obligaciones estatales vinculadas a la participación igualitaria de las mujeres en la vida pública.
El Poder Ejecutivo Nacional defendió la reforma argumentando que agiliza procesos de nombramiento y que las posibles objeciones pueden debatirse directamente en el Congreso durante el tratamiento de pliegos.
Por el contrario, organizaciones civiles remarcan que justamente el valor de las instancias eliminadas está en que aportan información relevante y permiten la detección de objeciones o antecedentes en los candidatos antes de avanzar al debate en el Senado. Además enfatizan que el proceso demoraba menos de dos meses, con lo que pierde peso el argumento de la agilidad como determinante.
Es importante remarcar que el mecanismo previo posibilitaba la intervención ciudadana de una manera que el Senado no permite: discutir en el Congreso implica evaluar una propuesta ya definida de antemano, mientras que el régimen anterior permitía influir o incluso reemplazar candidatos bajo cuestionamiento. Eliminar estas instancias objetivamente disminuye la transparencia del proceso de designación.
Las primeras ternas publicadas
La primera aplicación del nuevo decreto corresponde a:
- Dos de los seis cargos vacantes para camaristas federales en Comodoro Py.
- Cuatro cargos en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
- El Juzgado Federal N.º 1 de Corrientes, con competencia electoral exclusiva en esa provincia.
- El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N.º 10.
- El Juzgado Federal N.º 2 de La Plata.
El Ministerio de Justicia publicó las ternas y remitió a su sitio web institucional para consultar antecedentes, currículums y puntajes de los postulantes, dando por cumplidas las exigencias previstas por la nueva normativa.
Amparo para frenar una reforma regresiva
Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista, presentó un amparo para frenar la aplicación del decreto. Asimismo, organizaciones civiles con foco en democracia, derechos humanos y transparencia institucional difundieron un documento conjunto en rechazo a la reforma, por considerarla un retroceso que debilita a la democracia y al control social sobre uno de los tres Poderes del Estado.
Dicho comunicado lleva la firma de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Amnistía Internacional, Democracia en Red, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Campaña GQUAL.
