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Los comercios de Córdoba ya pueden tramitar ayudas económicas

Hasta el 30 de junio, podrán inscribirse para acceder a eximición de impuestos, ayudas económicas, entre otras cosas. Este beneficio está destinado a quienes se vieron afectados por las restricciones. Desde ayer y hasta el 30 de junio, están habilitadas las inscripciones para aquellos comercios que se hayan visto afectados por las restricciones en Córdoba. […]

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Hasta el 30 de junio, podrán inscribirse para acceder a eximición de impuestos, ayudas económicas, entre otras cosas. Este beneficio está destinado a quienes se vieron afectados por las restricciones.

Desde ayer y hasta el 30 de junio, están habilitadas las inscripciones para aquellos comercios que se hayan visto afectados por las restricciones en Córdoba. Será para brindarles ayuda económica, eximición de impuestos, entre otros beneficios. La iniciativa está destinada tanto a personas físicas como jurídicas, quienes quieran inscribirse pueden hacerlo acá.

¿Quiénes pueden recibir este beneficio?

Las personas físicas o jurídicas que tengan domicilio fiscal en la provincia de Córdoba, y desarrollen alguna actividad en los siguientes rubros, podrán acceder a esta ayuda económica:

  • Bares y restaurantes
  • Salones de fiesta y discotecas
  • Gimnasios, natatorios y canchas
  • Escuelas de danza, canto y teatro, y academias de idiomas
  • Centros de formación profesional y academias de oficios
  • Cines, autocines, teatros y centros culturales

¿Cómo hacer para acceder?

Quienes deseen acceder a este beneficio, deberán completar una serie de pasos:

  • Completar el formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)”. Es necesario contar con Ciudadano Digital (CiDi) nivel 2.
  • Declarar la cuenta bancaria a nombre del solicitante.
  • Estar inscripto en la Dirección General de Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos.
  • En el caso de los monotributistas será necesario haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021. La evaluación y aprobación de las solicitudes ingresadas será realizada por la Secretaría General de la Gobernación.

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¿Qué beneficios ofrece esta iniciativa?

  • Exención del pago mínimo del Impuesto de Ingresos Brutos para todo el año 2021.
  • Eximición de Ingresos Brutos para los meses de mayo, junio, julio y agosto del corriente año.
  • Eximición del Impuesto de Sellos hasta diciembre de 2021 sobre contratos de alquiler de hasta 40.500 pesos mensuales.
  • Plan de facilidades de pago para deudas vencidas de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) para usuarios comprendidos en la Tarifa 2 hasta mayo de 2021 inclusive, con tasa de financiación del 1 por ciento y hasta 30 cuotas mensuales. El plazo para adherir es hasta septiembre del corriente año y el pago de la primera cuota será en diciembre próximo, con un interés moratorio del 1 por ciento.
  • Diferimiento en el pago de las facturas eléctricas que venzan en junio de 2021 hasta diciembre próximo con cero por ciento de interés.
  • La reconexión del medidor eléctrico no tendrá costo, en caso de que corresponda o se solicite la baja temporal del servicio.
  • Ayudas económicas no reintegrables y por única vez, determinadas según la condición fiscal.

¿Cómo será la asistencia económica?

La ayuda económica será por única vez y dependerá de la situación fiscal de las y los solicitantes.

  • Monotributo categorías A, B y C: 30 mil pesos
  • Monotributo categorías H, I, J y K: 45 mil pesos
  • Responsable inscripto cuya declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 que no supere los 250 mil pesos: 45 mil pesos
  • Monotributo categorías D, E, F y G: 40 mil pesos
  • Responsable inscripto cuya declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 que supere los 250 mil pesos: 70 mil pesos.

Carmela Laucirica

Periodista interesada por las problemáticas sociales y ambientales. También soy Community Manager. Lectora y escritora en mis ratos libres.
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