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Licencias de paternidad y maternidad: ¿Ya viste los puntos claves del proyecto?

Con esta iniciativa, el presidente Alberto Fernández busca extender las licencias por maternidad, paternidad, crear nuevas por adopción y modificar otras, cambios cuyos costos estarán a cargo de la seguridad social y no de empleadores. A comienzos de esta semana, el Gobierno nacional presentó el proyecto de ley Cuidar en Igualdad para la creación del Sistema Integral de […]

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Con esta iniciativa, el presidente Alberto Fernández busca extender las licencias por maternidad, paternidad, crear nuevas por adopción y modificar otras, cambios cuyos costos estarán a cargo de la seguridad social y no de empleadores.

A comienzos de esta semana, el Gobierno nacional presentó el proyecto de ley Cuidar en Igualdad para la creación del Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina, que extiende las licencias por maternidad, paternidad, crea nuevas por adopción y modifica otras.

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Según estipula el proyecto, todos los costos de estos cambios estarán a cargo de la seguridad social y no de empleadores. En los próximos días, el Poder Ejecutivo enviará la iniciativa al Congreso, con el objetivo de unificar los proyectos de Licencias Igualitarias y Sistema Integral de Políticas de Cuidados.

Puntos claves del proyecto presentado

  • Crear el Sistema Integral de Cuidados (Sinca) con perspectiva de género.
  • Reconocer el derecho de todas las personas a recibir y brindar cuidados, así como también al autocuidado, para lo cual se estipula un conjunto de políticas y servicios y modifica el régimen de licencias público y privado.
  • Extender la licencia para personas gestantes de 90 a 126 días y ampliar licencias para personas no gestantes, de 2 a 90 días.
  • La iniciativa utiliza los términos "licencia para persona gestante" (reemplaza licencia por maternidad) y "licencia para persona no gestante" (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.
  • El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo. A partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; luego de cuatro, a 45; luego de seis, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.
  • La licencia será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción. En caso de adopción, se considera una licencia de 90 días.
  • Se incluye la creación de una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.
  • Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por 30 días por cada hija o hijo a partir del segundo. En nacimientos prematuros la licencia se ampliará a 30 días.
  • En caso de nacimiento o adopción de niñas, niños o adolescentes con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia será de 180 días.
  • Se reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, a través de la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción.
  • El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del salario mínimo vital y móvil. El mismo régimen se establece para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.
  • Se reconoce también el derecho a personas no gestantes y adoptantes al período de excedencia de la misma manera que se le reconoce a personas gestantes.
  • Además, elimina la presunción de renuncia si el personal gestante, no gestante y adoptante no se reincorpora a su empleo luego de vencidos los plazos de licencia. El empleador deberá cursar intimación y ya no podrá asumir que la persona renunció.
  • El proyecto del Ejecutivo modifica las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar.
  • Se propone extender la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente y por hijas e hijos, que pasa de 3 a 5 días, en tanto amplía la licencia por fallecimiento de hermanas y hermanos de de 1 a 3 días.
  • Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.
  • También crea la licencia por violencia de género que será de hasta un máximo de 20 días por año.
  • Se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados.
  • Se obliga al Ministerio de Obras Públicas a destinar anualmente al menos el 8,5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados del país.
  • Establece que el Poder Ejecutivo debe crear un registro nacional de trabajadoras y trabajadores del cuidado remunerado con el fin de facilitar la instrumentación de las políticas y también un registro de espacios comunitarios de cuidado.

Esta iniciativa se gestó en la Mesa Interministerial de Políticas de Cuidado, que convocó a 15 organismos del Poder Ejecutivo y estuvo coordinada por el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad. Es un proyecto que se viene trabajando desde fines de 2020, momento en el que se creó una comisión redactora para un anteproyecto de ley del Sistema Integral de Cuidados con Perspectiva de Género.

A su vez, el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad realizó parlamentos territoriales para instalar el debate y abordar la temática, llevando adelante un Mapa Federal del Cuidado con el apoyo de la Cepal y la campaña Cuidar en Igualdad.

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