La ministra Elizabeth Gómez Alcorta anunció la puesta en marcha del Registro de Anotación Voluntaria de Personas Travestis, Transexuales y Transgénero. No es de caracter obligatorio, ni excluyente.
El pasado lunes, Alberto Fernández incluyó en la lista de temas a tratar de la Cámara de Diputados, el cupo laboral trans. El 4 de diciembre de 2019 fue instituido por decreto, pero ahora será tratado como ley.
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Esta tarde, la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, lanzó el Registro de Anotación Voluntaria de Personas Travestis, Transexuales y Transgénero aspirantes a ingresar al sector público nacional en cargos laborales.
La inscripción se realiza a través de la página de la cartera que conduce Gómez Alcorta, por medio del siguiente formulario: Formulario de inscripción al Registro del cupo laboral travesti – trans.
El Registro no es obligatorio ni excluyente para quienes quieren ingresar a trabajar en el sector público. A su vez, la inscripción no garantiza un puesto disponible.
En tanto que, las personas interesadas podrán inscribirse en el registro sin importar si realizaron o no la rectificación registral de la identidad autopercibida y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI.
El objetivo del registro lanzado es promover la transparencia en el acceso al cupo laboral trans. Recordamos que mediante el decreto 721/2020, al menos el 1% de la totalidad de cargos y contratos deben destinarse a personas transgénero, travestis o transexuales.
Según informan desde el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, el registro se utilizará, entre otras cosas, para:
- Diseñar los circuitos de información dentro del Sistema de Información del Registro.
- Realizar el monitoreo, implementación y seguimiento de las funciones y objetivos del Registro.
- Recepcionar la información referente a los puestos de trabajo disponibles en el Sector Público Nacional.
- Implementar la selección aleatoria de los perfiles laborales de las personas travestis, transexuales y transgénero a partir de la información brindada al momento de la inscripción al Registro.
- Enviar a las entidades y jurisdicciones requirentes el resultado de la selección aleatoria.
- Establecer los ajustes y/o cambios o actualizaciones que sean necesarias para garantizar el funcionamiento del sistema informático.