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La Justicia autorizó la exploración petrolera en Mar del Plata

Pese al repudio de la sociedad, la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad costera levantó la medida cautelar que pesaba sobre esta actividad. El pasado lunes 5 de diciembre, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata levantó la medida cautelar que, desde hace poco más de un año, impedía la exploración petrolera […]

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Pese al repudio de la sociedad, la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad costera levantó la medida cautelar que pesaba sobre esta actividad.

El pasado lunes 5 de diciembre, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata levantó la medida cautelar que, desde hace poco más de un año, impedía la exploración petrolera a 300 kilómetros de las costas de Mar del Plata.

Sumado a lo anterior, también autorizó la continuidad de las actividades de prospección sísmica.

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Esta decisión se tomó luego de que la Cámara considere que tanto el Gobierno nacional como la empresa Equinor cumplieron con los requisitos que le habían sido requeridos, revocando parcialmente la medida dictada por el juez Santiago Martín.

Puntualmente, la resolución apunta a "dejar sin efecto la medida cautelar oportunamente trabada en autos, y autorizar, en consecuencia, la continuidad en las actividades de prospección que involucran al presente proyecto, en los términos dispuestos por esta sentencia".

En este marco, además, los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez establecieron una serie de "condiciones esenciales" para desarrollar esta actividad.

Entre estas condiciones, señalaron que algunos miembros del equipo "Pampa Azul" deberán incluirse como "observadores permanentes". Estas personas "deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente el ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades"

Al mismo tiempo, dispusieron que las actividades de prospección sísmica "no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros", del sector que comprende la zona del Agujero Azul.

Por otra parte, la Cámara de Apelaciones de la ciudad marplatense exhortó a las autoridades administrativas a que "propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control" sobre las tareas de exploración, con la finalidad de "cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del ambiente, y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas, debiendo articularse la inmediata suspensión de las actividades del proyecto en caso de incumplimiento".

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