Actividad Legislativa

En paralelo a la ley de zonas frías, buscan beneficios para las regiones cálidas

El proyecto fue presentado ante la Cámara Alta por el entrerriano Edgardo Kueider, del Frente de Todos, y contempla su provincia y otras siete jurisdicciones. El Senado debatirá, en su próxima sesión, una iniciativa para ampliar el régimen de zona fría a más provincias y localidades del país con el beneficio de tarifas diferenciales de […]

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El proyecto fue presentado ante la Cámara Alta por el entrerriano Edgardo Kueider, del Frente de Todos, y contempla su provincia y otras siete jurisdicciones.

El Senado debatirá, en su próxima sesión, una iniciativa para ampliar el régimen de zona fría a más provincias y localidades del país con el beneficio de tarifas diferenciales de gas. A la vez, desde el oficialismo en dicha Cámara, avanzan con una iniciativa en el mismo sentido, pero para beneficiar a las zonas cálidas.

"Presenté un proyecto para implementar beneficios tarifarios en el consumo de energía eléctrica para las zonas cálidas del país, que incluye usuarios de las provincias de Entre Ríos, Chaco, Formosa, Sgo. del Estero, Misiones, Corrientes, Salta y Tucumán", explicó el legislador entrerriano Edgardo Kueider, del Frente de Todos.

En relación al punto anterior, dijo que la iniciativa responde a la necesidad de subsanar la injusticia que significa para las y los habitantes de estas zonas del país pagar lo mismo que quienes habitan climas diferentes.

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Y agregó: “dispone el derecho a un trato digno para usuarios y usuarias que dependen del consumo energético para atender necesidades vitales, ya sea, durante todo el año, o bien en períodos determinados por el aumento de la temperatura”

¿Qué puntos destacamos del Proyecto para reducir el costo de la energía eléctrica en Entre Ríos y otras zonas cálidas del país?

  • Propone la implementación de beneficios tarifarios en el consumo de energía eléctrica para las regiones, provincias, departamentos y localidades que no estén contempladas en el Régimen de Zona Fría.
  • Tiene como finalidad financiar las compensaciones tarifarias que las distribuidoras o subdistribuidoras de electricidad deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales.
  • Dicho recargo será establecido por la Autoridad de Aplicación, que luego deberá remitirlo al Congreso de la Nación para su aprobación.
  • Los distribuidores y subdistribuidores de energía eléctrica actuarán como agentes de percepción.
  • La Autoridad de Aplicación que defina el Poder Ejecutivo, establecerá los cuadros diferenciales según los criterios de elegibilidad contemplados en el Régimen de Zona Fría.
  • Quedan exceptuadas del beneficio las regiones, provincias, departamentos y localidades beneficiadas por el Régimen de Zona Fría.

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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