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El Gobierno habilita por DNU a militares en actividad a ocupar cargos en Defensa

Publicado por:Agustina Bortolon

A través del DNU 34/2026, el Gobierno modificó la Ley 19.101 para permitir que personal de las Fuerzas Armadas en actividad cumpla funciones en el Ministerio de Defensa sin pasar a situación de disponibilidad. La medida busca reforzar áreas estratégicas con cuadros especializados.

El Gobierno nacional avanzó con una modificación a la Ley 19.101 que habilita al personal de las Fuerzas Armadas en actividad a desempeñar funciones dentro del Ministerio de Defensa sin pasar a situación de disponibilidad. La decisión fue instrumentada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 34/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.

La reforma elimina una restricción histórica que obligaba a los militares a pasar a disponibilidad -y a perder el cómputo de años de servicio efectivo- si asumían tareas dentro de la estructura ministerial. Según el Ejecutivo, ese esquema desalentaba la incorporación de cuadros con experiencia técnica y formación especializada en áreas clave para la gestión de la defensa.

Desde la cartera conducida por Carlos Presti justificaron la medida en la necesidad de cubrir “puestos estratégicos con personal idóneo”, destacando que la formación militar resulta determinante para la planificación y conducción del sistema de defensa nacional.

Sin embargo, la decisión vuelve a poner en discusión el equilibrio entre conducción civil y participación militar en la estructura política del Estado, especialmente por haberse adoptado a través de un DNU, una herramienta excepcional que evita el debate parlamentario.

El decreto se inscribe en una política oficial de mayor integración entre personal civil y militar dentro del Ministerio, con el argumento de fortalecer la conducción institucional. En el texto, el Gobierno sostiene que la normativa anterior vulneraba el principio de igualdad ante la ley, al limitar el acceso de militares a funciones para las que estaban plenamente capacitados.

El cambio puede profundizar la influencia de las Fuerzas Armadas en espacios tradicionalmente reservados a la gestión civil, en un contexto regional e histórico donde la subordinación militar al poder político ha sido una conquista central de la democracia.

El Ejecutivo aclaró que la modificación no alterará los aspectos sustanciales de la carrera militar ni otorgará privilegios, y estableció excepciones: la norma no será aplicable a oficiales que hayan alcanzado los máximos rangos -teniente general, almirante o brigadier general- ni a quienes hayan ocupado cargos máximos como jefes del Estado Mayor Conjunto o de las Fuerzas Armadas.

Aun así, la decisión se suma a una serie de señales que muestran un reordenamiento del vínculo entre poder político y estructura militar, y abre interrogantes sobre el rumbo de la política de defensa, el control democrático y el uso de decretos para impulsar reformas sensibles sin discusión legislativa.

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