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El Gobierno dispuso el cierre total de las fronteras hasta el 31 de marzo

Hoy salió publicado en el boletín oficial un decreto de necesidad y urgencia, mediante el cual el Gobierno dispuso el cierre total de las fronteras de la Argentina hasta el 31 de marzo. Sólo permitirá el ingreso de los argentinos que estén en vuelo de regreso al país. La normativa es una ampliación del decreto N° […]

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Hoy salió publicado en el boletín oficial un decreto de necesidad y urgencia, mediante el cual el Gobierno dispuso el cierre total de las fronteras de la Argentina hasta el 31 de marzo. Sólo permitirá el ingreso de los argentinos que estén en vuelo de regreso al país.

La normativa es una ampliación del decreto N° 274 , publicado el 16 de marzo de 2020, que había establecido prohibición de entrar al territorio para “personas extranjeras no residentes en el país”.

La actualización, DNU 313/2020, estableció la ampliación de los alcances de la prohibición de ingreso al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso dispuesta por el Decreto N° 274 del 16 de marzo de 2020, a partir de la entrada en vigencia del presente, a las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior.

Cabe resaltar que, si bien se establece que la medida rige hasta las 24 del próximo 31 de marzo, en su texto aclara que el plazo previsto "podrá ser ampliado o abreviado" por el Ministerio del Interior previa intervención de la autoridad sanitaria nacional conforme a la evolución de la situación epidemiológica.

Las excepciones a la norma se explicitan en el articulo 2º :

- Las personas que se encuentren comprendidas en las excepciones dispuestas por el Decreto N° 274 del 16 de marzo de 2020, es decir, quienes estén afectadas al traslado de mercaderías, transportistas y tripulantes de buques y aeronaves y personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios.

- Las personas que, al momento de la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren en tránsito aéreo hacia la República Argentina con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes

"Resultan las imprescindibles, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta el país", puede leerse entre los considerandos del nuevo decreto, respecto a las medidas tomadas de cierre total de fronteras. 

Emilia Urouro

Encargada de la redacción de las notas y de generar contenido para las diferentes plataformas del Resaltador. Feminista, popular y nacional.
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