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Cannabis medicinal: El fallo que sobreseyó a productores

La Justicia Federal dejó sin efecto las imputaciones de los acusados de la clínica de Córdoba y del centro holístico de Carlos Paz que vendían productos medicinales a base de cannabis en 2017. Así, se resuelve la contradicción entre la Ley de Estupefacientes y la ley de investigación para el uso medicinal de cannabis. La Justicia […]

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La Justicia Federal dejó sin efecto las imputaciones de los acusados de la clínica de Córdoba y del centro holístico de Carlos Paz que vendían productos medicinales a base de cannabis en 2017. Así, se resuelve la contradicción entre la Ley de Estupefacientes y la ley de investigación para el uso medicinal de cannabis.

La Justicia Federal sobreseyó a productores de cannabis medicinal.

La Justicia Federal emitió ayer un fallo que sobreseyó a los productores de cannabis medicinal imputados en 2017. Se trata del caso de la clínica del Dr. Carlos Laje y el centro de medicina holística en Carlos Paz.

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En 2017, se allanaron ambos establecimientos y se procedió a la imputación de ocho personas porque vendían diversos productos derivados de la marihuana con fines medicinales.

El problema es que las detenciones se dieron en el marco de la contradicción entre la Ley 23.737 de Estupefacientes y la Ley 27.350, sancionada en 2017, de investigación para el uso medicinal y científico de la planta del cannabis y sus derivados.

La abogada Nadia Podsiadlo, defensora algunos acusados indicó en declaraciones a La Nueva Mañana que: "Se ha dictado el sobreseimiento a los ocho, imputadas e imputados a través de un fundamento muy novedoso para lo que es Córdoba, donde no hay fallos en este sentido".

Podsiadlo explicó que "tenemos dos normas: la 23.737, que es la ley de estupefacientes, en donde el bien jurídico protegido por este la ley es la salud pública, y por otro lado la 27.350, que es la ley que se sanciona en 2017, que es la ley de investigación para el uso medicinal y científico de la planta del cannabis y sus derivados. Y esta ley tiene otra finalidad totalmente opuesta al bien jurídico protegido por la ley de estupefacientes".

"El juzgado consideró que hay dos leyes contrapuestas, y por el principio de no contradicción y atento que había pasado mucho tiempo desde que habían sido imputados, es que se los sobreseyó" agregó.

A su vez, el fallo argumentó que dentro de pocos días se reglamentarán en el país algunos artículos que pendientes de la ley anterior de autocultivo y consumo personal. Dentro de este marco, el ministerio de Salud de la Nación se encuentra trabajando en un borrador de una nueva ley de cannabis medicinal.

Es la primera vez que un Juzgado se expide ante la contradicción entre ambas leyes. Este fallo podría servir de antecedente ante futuros casos.

Recordamos que ante el caso y las detenciones de los acusados, hubo movilizaciones para reclamar la liberación de los acusados. Ademas, se reclamó que se abra el debate sobre el uso del cannabis medicinal.

Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?
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