La carátula del caso cambió a “parricidio en estado de emoción violenta”, luego que se comprobara, a través de las pericias psicológicas y testimonios brindados, un historial de abusos sexuales y maltratos físicos por parte del progenitor. La defensa pidió que se considere la perspectiva de género y de infancia.

El caso de parricidio ocurrido en la ciudad de Almafuerte, provincia de Córdoba, tuvo un cambio de perspectiva relevante para la causa. Luego de 13 días de detención, la joven de 30 años, Jénifer Raymondo, quien asesinó a su progenitor de una puñalada, recuperó su libertad.
Este miércoles 15 de enero, tras comprobar por pericias psicológicas y testimonios un historial de abusos sexuales y maltratos físicos por parte de su padre, la mujer pudo recuperar su libertad.
Ella misma había confesado el 2 de enero el crimen contra su padre, Atilio, de 63 años. Además, fue ella quien llamó a la ambulancia y confesó, en el lugar del hecho, que le dio una puñalada.
Luego, tras el reconocimiento del crimen, el fiscal de los tribunales de Río Tercero, Alejandro Carballo, la imputó de modo inmediato por homicidio calificado por el vínculo y ordenó su detención.
Desde entonces, la fiscalía trabajó activamente convocando a numerosos testigos y acumulando evidencias, e incluyeron pericias psicológicas y psiquiátricas.
Con todo el cuerpo probatorio, el fiscal encargado resolvió un cambio en la imputación del caso de parricidio en Almafuerte: la nueva carátula se enmarcó en “parricidio en estado de emoción violenta”.
La denominación “Emoción violenta” es considerada un atenuante de la pena o eximente incompleta: no elimina la punibilidad, sino que la reduce.
En este caso en particular, la acusación inicial preveía prisión perpetua en caso de condena. Con la nueva carátula, la imputación resultaría en penas de 10 a 25 años en caso de ser hallada culpable.
No obstante, se tiene que probar que Jénifer actuó de esta forma por causa de “perder los estribos” en “un arrebato emocional”. Se debe demostrar que la joven buscó una salida a una situación de opresión, abuso y violencia y que había sido naturalizada por el abusador, a quién terminó asesinando.
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¿En qué contexto vivía la joven?
Ella vivía con su padre en una zona rural y criaban animales para su subsistencia. Se conoció que Jénifer nunca fue a la escuela y autoridades educativas intervinieron ante el abandono escolar de los miembros de la familia.
El padre la sometió a explotación laboral.
El defensor de Jénifer consideró importante analizar estos contextos y declaró: “No es lo mismo este delito en los contextos de cuando se hizo el código penal, con una enorme evolución del código penal respecto al tema de la ´emoción violenta´ desde entonces, a un contexto en el que la perspectiva de género y la perspectiva de infancia también participan”.
Además, aseguró: “No estamos muy de acuerdo con que la carátula final sea esta” y sostuvo, “la emoción violenta no nos cierra como tal. La carátula que tenemos, a la defensa no le alcanza”.
Finalmente, el defensor de la joven concluyó con dos cuestiones a tener en cuenta. La primera es “la enorme empatía popular, por lo que se ha visto en redes y lo que se escucha de nuestros clientes y en la calle dónde básicamente se dice: ‘esta chica no merece estar presa’”, sostuvo la defensa.
La segunda cuestión, en palabras del abogado de la joven, es que “gente humilde, completos desconocidos, han ofrecido colaborar llevándole cosas, hasta poner $5000 para los honorarios. Jénifer es una persona muy querida, muy respetada, muy respetuosa”.