Ayer, se conoció el fallo del juez Vaca Narvaja respecto al caso Porta. El mismo rechazó el recurso de amparo contra el Estado Nacional y obligó a la empresa a presentar un estudio de impacto ambiental en los próximos 90 días.

Después de un largo tiempo, se conoció el fallo del juez Vaca Narvaja frente al caso Porta. El mismo consistió en el rechazo del recurso de amparo contra el Estado Nacional. Además, se decidió hacer lugar parcialmente a la demanda y ordenar a PORTA HNOS. S.A. que, dentro de 90 días, acredite Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
En el amparo, se solicitaba el cierra de la empresa Porta, por no haber realizado los estudios de impacto ambiental pertinentes. A su vez, se los acusa de «carecer de habilitación legal». Sin embargo, el recurso fue rechazado por el juez.
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La fábrica de bioetanol Porta funciona las 24 hs, los 365 días del año, afectando considerablemente la salud de todos los vecinos. Esto es así ya que la fábrica está muy cerca de las casas, por ende los vecinos no gozan del «derecho a un ambiente sano» como promulga nuestra Constitución Nacional.
Frente a las numerosas denuncias, junto con el recurso de amparo recientemente rechazado, el juez Vaca Narvaja además resolvió: hacer lugar parcialmente a la demanda, exigiendo los resultados de la evaluación de impacto ambiental en los próximos 90 días.
Respecto a este fallo, los afectados afirmaron que apelarán al respecto. Una vez más, los tiempos de la justicia no son equitativos, debido a que ellos sólo tienen 48 horas para apellar a un fallo que demoró casi tres años.
Por Carmela Laucirica