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El DNU que habilita a la SIDE a intervenir con Fuerzas Armadas avanza sin freno en plena feria judicial

Publicado por:Agustina Bortolon

El fiscal Fabián Canda negó habilitar la feria judicial para tratar los amparos que cuestionan el DNU 941, con el que el Gobierno reformó el sistema de inteligencia y devolvió poder a la SIDE. Organizaciones de derechos humanos alertan por un posible esquema de vigilancia masiva y advierten que el decreto es inconstitucional.

presentan amparos para frenar a la side

Pese a la creciente preocupación en el arco político y social, el Ministerio Público Fiscal descartó que los cuestionamientos al DNU 941 -la reforma del sistema de inteligencia firmada por Javier Milei el 31 de diciembre- deban ser analizados durante el receso judicial.

El fiscal en lo contencioso administrativo Fabián Canda rechazó habilitar la feria en la acción de amparo colectivo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que pide frenar de inmediato los efectos del decreto.

El DNU 941 restituye la histórica Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), elimina la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y otorga nuevas facultades al organismo, entre ellas la posibilidad de detener personas y convocar a las Fuerzas Armadas para tareas de inteligencia en territorio nacional. Se trata de un esquema que abre la puerta a una vigilancia masiva sin controles democráticos.

El dictamen de Canda y la discusión sobre la feria

En su dictamen, Canda sostuvo que la habilitación de la feria es una medida excepcional y que solo corresponde cuando el retardo puede causar un daño irreparable. Según el fiscal, ese no sería el caso. La postura contrasta con el planteo del CELS, que argumentó que el decreto implica un avance ilegal e inconstitucional sobre derechos fundamentales como la privacidad, la autonomía y la autodeterminación informativa, y que por eso requiere una respuesta urgente.

El fiscal también señaló que abrir la feria generaría complicaciones procesales: debería resolverse la admisibilidad del proceso colectivo presentado por el CELS, integrar otros amparos existentes y definir si todos deben tramitar juntos. A su criterio, estas cuestiones las debe decidir el juez natural de la causa.

Cinco amparos en paralelo y un juez que debe decidir

En el fuero contencioso administrativo federal ya se acumulan al menos cinco amparos contra el DNU 941: el del CELS; el presentado por diputados de la Coalición Cívica y el Partido Socialista; el de la Fundación Apolo; el de referentes históricos del radicalismo; y el del Llamamiento Judío. Todos están bajo análisis del juez de feria, Walter Lara Correa, quien pidió opinión a la fiscalía en cada expediente. Según consta en el sistema, el Ministerio Público ya respondió en todos los casos.

Ahora resta que el juez decida si habilita o no el tratamiento de fondo durante el receso, un antecedente que tiene ejemplos contrapuestos. En el caso del megaDNU 70/2023, el fiscal había recomendado no intervenir en feria, pero el juez Enrique Lavié Pico hizo lo contrario. La justicia laboral también optó por abrir un proceso colectivo en pleno receso.

Un decreto firmado en plena feria

El Gobierno eligió la fecha: el DNU fue firmado el 31 de diciembre, tras el cierre de las sesiones extraordinarias y el inicio de la feria judicial. Ambas circunstancias le permiten al Ejecutivo avanzar sin control inmediato mientras el decreto se aplica y produce modificaciones internas en el sistema de inteligencia.

Desde diciembre, Milei avanzó por decreto en una reforma profunda: disolvió la AFI, reactivó la SIDE -nombre que usó entre 1976 y 2001- y modificó sus funciones sin pasar por el Congreso. Legisladores oficialistas y opositores intentan ahora reunir apoyos para rechazar el DNU, como ya sucedió con el 656/2024, que otorgaba 100 mil millones de pesos en fondos reservados a la SIDE y fue anulado por el Parlamento.

Críticas centrales al DNU 941

Las organizaciones especializadas y de derechos humanos alertan que la norma es inconstitucional y que concentra un poder inédito en un organismo históricamente opaco. Las principales objeciones son:

  • Obliga a más de quince organismos públicos a compartir datos personales con la SIDE, lo que habilitaría vigilancia masiva.
  • No establece ningún mecanismo de control ciudadano o parlamentario.
  • Declara encubiertas todas las actividades del organismo, dificultando futuras investigaciones.
  • Por primera vez desde el retorno democrático, otorga a la SIDE facultades para detener personas, creando una virtual “policía secreta”.
  • Permite convocar a las Fuerzas Armadas para tareas de inteligencia sobre organizaciones no estatales, involucrándolas en seguridad interior.
  • Amplía la noción de contrainteligencia y rehabilita la idea del “enemigo interno”.

Estrategia múltiple y alarma internacional

Las organizaciones desplegarán una estrategia en tres frentes: judicial, legislativo e internacional. Además de los amparos ya iniciados, enviarán notas a los bloques parlamentarios para exigir que se conforme la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos de Inteligencia, actualmente inactiva. También llevarán el reclamo a la ONU y a la CIDH, advirtiendo que el DNU configura un retroceso grave en la protección de derechos básicos.

Los antecedentes internacionales refuerzan la preocupación. En 2019, el relator de la ONU para la privacidad alertó por las filtraciones de escuchas y recomendó crear un organismo independiente de control. Esa línea fue recogida por la Corte Suprema en la acordada 17/2019, que desalentaba la participación de agentes de inteligencia en investigaciones judiciales; medida que el gobierno anterior transformó en prohibición, pero que fue revertida por Milei a través del DNU 614/2024.

Por ahora, la Corte no interviene.

Con información de Página 12.

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