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Declararon admisible el planteo de inconstitucionalidad de Luz y Fuerza sobre la transformación de EPEC en Sociedad Anónima

Publicado por:Ramiro Quintanilla

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) declaró admisible el recurso presentado por el sindicato. Según el abogado Rodríguez Villafañe, el fallo le pide a la Provincia que explique por qué es necesario sacar la empresa de la órbita estatal.

El TSJ declaró admisible la acción de inconstitucionalidad que presentó el Sindicato de Luz y Fuerza (LyF) contra la transformación de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) en Sociedad Anónima (SA).

La Cámara Contencioso Administrativa había resuelto reconducir al TSJ la acción de amparo que presentó el Sindicato Luz y Fuerza contra la transformación de la EPEC en sociedad anónima (SA) y resolvió que debe ser analizada como “acción declarativa de inconstitucionalidad”.

El recurso presentado en un principio era contra los artículos 33 y 34 de la Ley provincial N° 11015 y su promulgación por decreto N° 379/2024. Luego, se amplió otras disposiciones posteriores.

En el planteo de inconstitucionalidad presentado por Luz y Fuerza sobre la transformación de EPEC se señala que “la normativa impugnada permite la transformación de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) en una sociedad anónima (SA)”. Normativa ella, que “habilita un cambio en la forma societaria sin sujeción a normas de derecho público” y sin el control del Tribunal de Cuentas.

Se agregó, entre otros aspectos, que “la privatización encubre un grave perjuicio a la prestación de un servicio público esencial, a la función social de la propiedad, al derecho de acceso al servicio eléctrico, a la fijación de tarifas razonables para sectores vulnerables, entre otros”. Además, se afirmó en la demanda, que la forma de sociedad anónima “contradice las prerrogativas de las empresas estatales que prestan un servicio público de alcance esencial”.

La admisión del planteo de inconstitucionalidad de Luz y Fuerza significa que el máximo tribunal provincial examinará la mencionada normativa y los actos administrativos posteriores -decretos y resoluciones- que materializaron la conversión de Epec.

El gremio había pedido también una medida cautelar de no innovar para que el gobierno no avance, pero el TSJ declaró abstracta esta cuestión por el mero hecho de que existen instrumentos que pusieron ya en marcha la constitución de la empresa provincial como SA.

La principal disputa está en si la conversión en sociedad anónima quitará los controles del Tribunal de Cuentas sobre el manejo de fondos de Epec.

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