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Suspendieron la aplicación del Decreto 340, que limita el derecho a la protesta

Publicado por:Agustina Bortolon

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 45 hizo lugar a una cautelar presentada por Ctera y suspendió el Decreto 340/25 de Javier Milei. La medida frena la calificación de la educación como “servicio esencial” y la consecuente limitación al derecho a huelga, considerada inconstitucional por la Justicia y la OIT.

La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (Ctera) informó que el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 45 de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a la medida cautelar presentada por el gremio y suspendió la aplicación del Decreto 340/25, dictado meses atrás por el presidente Javier Milei.

El fallo, fechado el 26 de agosto de 2025 en el marco de la causa 20.135/25, impide al Gobierno nacional aplicar las disposiciones del decreto que calificaban a la educación como “servicio esencial”, limitando en la práctica el derecho a huelga.

Según recordó Ctera, esa postura ya había sido rechazada tanto por el Poder Judicial como por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), e incluso fue declarada inconstitucional en el caso del DNU 70/23.

En un comunicado, la central docente sostuvo que el accionar del Gobierno “se inscribe en la ofensiva que intenta la destrucción de la educación pública”, en un contexto que también incluye la falta de convocatoria a la paritaria nacional docente, el no pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid), la eliminación del Fondo Compensador Salarial y de la conectividad para maestras y maestros, así como el no envío de partidas para comedores escolares.

El documento lleva la firma de la secretaria general de Ctera, Sonia Alesso, y del secretario adjunto, Roberto Baradel.

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