La Unicameral aprobó por mayoría la nueva ley de Procedimiento Penal Juvenil en Córdoba. Liliana Montero, ministra de Desarrollo Humano, pasó por No Estamos Solos (NES) por Universo TV y expuso los principales puntos de esta iniciativa.

La Legislatura de Córdoba aprobó el pasado miércoles 5 de marzo, por mayoría, dos iniciativas clave: la nueva ley de Procedimiento Penal Juvenil y la reforma a la Ley 9944 sobre Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, vigente desde mayo de 2011.
De acuerdo con la fundamentación oficial, las normativas buscan fortalecer el sistema de protección de los derechos de la infancia y adolescencia en la provincia, ofreciendo al Estado herramientas más eficaces para garantizar tanto la protección como la reinserción social de los jóvenes en conflicto con la ley penal.
La aprobación contó con el respaldo del oficialismo y también de bloques de la oposición, entre ellos la Unión Cívica Radical, el Frente Cívico, el PRO, Construyendo Córdoba y algunos bloques unipersonales.
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Desde la Unicameral detallaron que la nueva norma establece lineamientos generales para el procedimiento penal juvenil, diferenciando el abordaje entre menores punibles y no punibles. Garantiza el debido proceso, define objetivos, plazos y criterios de proporcionalidad en las medidas aplicadas, y asigna responsabilidades para controlar su cumplimiento. Además, prevé el resguardo institucional excepcional para adolescentes no punibles, aplicado solo en casos estrictamente necesarios y bajo las garantías del debido proceso.
La normativa también propone medidas progresivas para la reintegración social, mediante un esquema de intervención gradual que permita evaluar la evolución del adolescente. Asimismo, se crea una Mesa de Seguimiento y Control de las Políticas Públicas, integrada por representantes de los poderes del Estado, universidades y organizaciones de la sociedad civil, con el fin de monitorear la implementación de la ley y sugerir mejoras en las medidas socioeducativas.
Entre las acciones previstas se incluyen el acompañamiento comunitario, procesos de mediación, atención temprana, supervisión en territorio, libertad asistida, y medidas socioeducativas no privativas de libertad. También contempla el resguardo institucional en establecimientos que garanticen la tutela, la detención domiciliaria excepcional en casos de razones médicas o situaciones de cuidado parental, y herramientas destinadas a facilitar el desarrollo de proyectos de vida.
Vacío legal en Argentina
En diálogo con No Estamos Solos (NES) por Universo TV, la ministra de Desarrollo Humano del Gobierno de Córdoba, Liliana Montero, expuso que en Argentina existe un vacío legal histórico y profundo, ligado a la ausencia de un «verdadero sistema penal juvenil».
Frente a esta problemática, Montero explicó que el nuevo Procedimiento Penal Juvenil busca dar respuestas a esa laguna jurídica.
«A las provincias nos está reservado lo que tiene que ver con los procedimientos. En este sentido, la legislación sancionada por la Legislatura con un amplio consenso de 68 votos sobre 70, a mí me parece importante, primero porque es un tema muy complejo que tiene que conjugar y hacer un equilibrio justo entre las normativas provinciales, constitucionales y los mandatos convencionales», detalló la ministra.
Además, manifestó que la realidad actual está signada por el inicio temprano de los jóvenes a determinados delitos, por lo que hay una necesidad de la Justicia de Córdoba y del Poder Ejecutivo «de tener herramientas para que podamos responder a esa realidad».
En esta coyuntura, «donde el narcotráfico se mete entre los sectores más vulnerables», Liliana Montero dijo que, por un lado «necesitamos pensar cómo elaboramos políticas públicas que trabajen sobre las cuestiones sociales, y, a su vez, cómo damos respuestas frente a delitos graves».
Para concluir, ponderó que la legislación sancionada «es muy importante, porque especificó no solamente todo el sistema de procedimientos para los menores de 18 años, sino que también tiene un capítulo especial para los menores no punibles, que son los menores de 16 años, aportándole claridad al sistema frente a qué delitos o a qué circunstancias la Justicia puede intervenir y tomar medidas excepcionalísimas para que los equipos puedan trabajar«.
