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Serán imprescriptibiles las acciones resarcitorias por daños por delitos de lesa humanidad

La Cámara de Diputados aprobó la ley para modificar el Código Civil en favor de las víctimas de la última dictadura cívico-eclesiástico-militar. La Cámara de Diputados aprobó la ley que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación para considerar la imprescriptibilidad de las acciones resarcitorias de daños derivados de los delitos de lesa […]

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La Cámara de Diputados aprobó la ley para modificar el Código Civil en favor de las víctimas de la última dictadura cívico-eclesiástico-militar.

La Cámara de Diputados aprobó la ley que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación para considerar la imprescriptibilidad de las acciones resarcitorias de daños derivados de los delitos de lesa humanidad.

El articulo 2560 sufrió modificaciones y ahora no habrá vencimientos en este tipo de causas. Además, se estableció que "los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior".

La iniciativa aclara que "si por esa ley se requiere mayor tiempo que el que fijan las nuevas, quedan cumplidos, una vez que transcurra el tiempo designado por las nuevas leyes, contado desde el día de su vigencia, excepto que el plazo fijado por la ley antigua finalice antes que el nuevo plazo contado, a partir de la vigencia de la nueva ley, en cuyo caso se mantiene el de la ley anterior".

Por su parte, "las acciones civiles derivadas de los delitos de lesa humanidad" quedan exceptuadas de la norma actualizada.

La proyecto obtuvo un tratamiento parlamentario "acotado" y logró convertirse en ley con 239 votos positivos y una asbtención.

Fuente: Télam.

Juan Martín Maldonado

Soy el community manager de la Coope. Me recibí de Lic. en Comunicación Social pero mi escuela fue ER. La montaña es mi hogar, el trail running mi mayor compañero.
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