El miércoles, la Unicameral de la Provincia de Córdoba, aprobaron los proyectos de ley que establecen la figura del «abogado del niño». Estos abogados y abogadas ejercerán la defensa de niños, niñas y adolescentes, quienes podrán elegir libremente a sus representantes. De esta manera, se crea un Registro de Abogados del Niño, en el cual deberán inscribirse los profesionales para representar los intereses y defender las garantías y derechos de niñas y niños.
En la Convención Internacional de los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional Argentina en 1994 dice textualmente: “Se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, de conformidad con las normas de procedimiento de la ley nacional”.
Atendiendo a esa necesidad de escuchar y de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, la Legislatura de la Provincia de Córdoba aprobó el miércoles los proyectos 26.964 y 19.082 por los que se modifica la ley 9.944 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el que incorpora la figura del abogado del niño. Estos representantes legales estarán encargados de ejercer la defensa técnica de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes en el ordenamiento jurídico vigente.
Los proyectos en cuestión, uno firmado por el legislador Carlos Gutiérrez (Hacemos Por Córdoba) y apoyado por la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia; y otro firmado por el legislador Martín Fresneda (Unidad Ciudadana) apoyado por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba y la Red Buhito, fueron compatibilizados para lograr la aprobación de esta figura.
Aquellos representantes legales interesados en ejercer en éste ámbito deberán inscribirse en el Registro Provincial del Abogado del Niño. A partir de allí, aquel niño, niña o adolescente que sea parte de algún proceso legal podrá elegir un abogado de este registro, independientemente del abogado elegido por sus padres o representantes legales.
El abogado del niño se presenta como “un abogado o abogada independiente (del representante legal) de los padres para cualquier procedimiento administrativo o judicial del cual sean parte los niños y adolescentes, para que de esta manera sus demandas sean escuchadas y atendidas”.